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En el BOE del día 6 de junio se ha publicado la Resolución de 29 de mayo de 2023 (LA LEY 9291/2023), de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de mayo de 2023, por el que se aprueba el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2023.

Según establece dicha norma, su finalidad es coordinar los esfuerzos que realizan los distintos agentes del Sistema Nacional de Empleo para mejorar su eficacia y eficiencia en la consecución de unos objetivos comunes para las políticas de activación, de conformidad con los principios recogidos en la misma.

El Plan 2023 (LA LEY 9291/2023) concreta los objetivos a alcanzar en este año en el conjunto de España y en cada una de las distintas comunidades autónomas.

Asimismo, se recogen los indicadores que se van a utilizar para valorar el grado de consecución de dichos objetivos, de forma que el mismo adquiere un carácter vertebrador en la gestión de las políticas de apoyo activo al empleo e incorpora un enfoque integrado de su planificación, ejecución y evaluación. De esta manera, se consolidan los cambios introducidos en planes anteriores con respecto a los indicadores, que han sido objeto de una notable simplificación, y que en este ejercicio continúan experimentando una mejora de la claridad y transparencia en el proceso de evaluación.

El acuerdo incorpora, dentro de su planteamiento general, un conjunto de medidas que, en el marco de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, responden a una serie de innovaciones legislativas que han condicionado su inclusión.

En cuanto a su elaboración, fue concebido en colaboración con las diferentes autonomías, y se configura como una referencia compartida a partir de la cual los servicios públicos de empleo deben diseñar y gestionar sus propias políticas.

Marco normativo

El Plan, junto con la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024 (LA LEY 26307/2021), configura el marco normativo para la coordinación y ejecución de las políticas de activación para el empleo en toda España, a partir del cual los servicios públicos de empleo diseñarán y gestionarán sus propias políticas.

Según fuentes del SEPE, la inversión en políticas activas de empleo (PAE) asciende a 6.388.584.340 euros. De esta cifra, se ha distribuido ya a las comunidades autónomas para PAE, en la Comisión Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales del pasado 28 de abril, 2.571.961.030 euros, lo que supone un aumento del 6,49% respecto a la cifra distribuida en 2022. A estos fondos se unen otros 231.886.000 euros aportados por el presupuesto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (LA LEY 9394/2021).

Novedades del Plan de 2023

El documento incorpora los servicios garantizados en favor de las personas demandantes de empleo y de la pequeña y mediana empresa, tal y como mandata la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo (LA LEY 2335/2023) que, por primera vez, garantiza una cartera de servicios comunes para las personas trabajadoras y atiende las particularidades de la pequeña y mediana empresa.

El SEPE, en reciente nota de prensa, recuerda que se han tenido especialmente en cuenta los colectivos de atención prioritaria de la nueva Ley de Empleo (LA LEY 2335/2023), con consideración especial a las personas con discapacidad, personas en situación de exclusión social, personas con responsabilidades familiares, víctimas del terrorismo y mujeres víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra la mujer. En esta línea, se prevé la inversión de 633.606.300 euros para la gestión por las comunidades autónomas de iniciativas de formación en alternancia en el empleo para personas en desempleo de larga duración.

Estructura

El Plan consta de 31 programas y servicios propios que se articulan en los seis ejes de los que consta cuya puesta en práctica será más flexible y eficaz gracias a los instrumentos de colaboración que recoge la nueva Ley de Empleo (LA LEY 2335/2023).

El documento reproduce los objetivos estratégicos (más, dentro de ellos, una serie de objetivos específicos) de la citada Estrategia Española 2021-2024 (LA LEY 26307/2021):

  • Objetivo estratégico 1: Enfoque centrado en las personas y en las empresas.
  • Objetivo estratégico 2: coherencia con la transformación productiva.
  • Objetivo estratégico 3: orientación hacia resultados.
  • Objetivo estratégico 4: mejora de las capacidades de los servicios públicos de empleo.
  • Objetivo estratégico 5: gobernanza y cohesión del Sistema Nacional de Empleo.

Además, los servicios y programas del Plan se incluyen de acuerdo con los seis Ejes definidos en el atículo 13 de la Ley de Empleeo (LA LEY 2335/2023).

  • Eje 1. Orientación: comprende las actuaciones de información, orientación profesional, motivación, asesoramiento, diagnóstico y determinación del perfil profesional y de competencias, diseño y gestión de la trayectoria individual de aprendizaje, búsqueda de empleo, intermediación laboral y, en resumen, las actuaciones de apoyo a la inserción de las personas beneficiarias.
  • Eje 2. Formación: incluye las actuaciones de formación en el trabajo, dirigidas al aprendizaje, formación, recualificación o reciclaje profesional y de formación en alternancia con la actividad laboral, incluidos los programas públicos de empleo y formación, que permitan al beneficiario adquirir competencias o mejorar su experiencia profesional, para mejorar su cualificación y facilitar su inserción laboral, teniendo en cuenta la brecha digital existente y garantizando la atención presencial a la población que la padece.
  • Eje 3. Oportunidades de Empleo: incluye las actuaciones que tienen por objeto incentivar la contratación, la creación de empleo o el mantenimiento de los puestos de trabajo. También incluye las dirigidas a facilitar la movilidad geográfica o promover la contratación en sectores de actividad diferentes de aquellos en los que se hubiera trabajado habitualmente.
  • Eje 4. Igualdad de oportunidades en el acceso al empleo: comprende las actuaciones dirigidas a aquellos colectivos que tienen mayor dificultad en el acceso o permanencia en el empleo, con especial consideración a la situación de las personas con discapacidad, de las personas en situación de exclusión social, de las personas con responsabilidades familiares, de las víctimas del terrorismo y de las mujeres víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra la mujer. Igualmente incluye la promoción de la igualdad en el acceso al empleo, entre mujeres y hombres en el acceso, permanencia y promoción en el empleo, así como la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
  • Eje 5. Emprendimiento: comprende las actividades dirigidas a fomentar la iniciativa empresarial, el trabajo autónomo y la economía social, así como las encaminadas a la generación de empleo, actividad empresarial y dinamización e impulso del desarrollo económico local.
  • Eje 6. Mejora del marco institucional del Sistema Nacional de Empleo: tiene carácter transversal, por lo que afecta a todos los restantes. Recoge las acciones, medidas y actuaciones que van dirigidas a la mejora de la gestión, colaboración, coordinación y comunicación dentro del Sistema Nacional de Empleo y el impulso a su modernización.

Asimismo, comprende las actuaciones de prospección de necesidades y prestación de los servicios de empleo a las empresas.

Perspectiva de género

Se ha introducido un nuevo Programa Común de Transversalización de Igualdad de género, que tiene como objetivo favorecerla e integrarla en el diseño, desarrollo y evaluación de las políticas activas de empleo tras la elaboración de la Estrategia bienal de incorporación de la perspectiva de género en los servicios y programas de las políticas activas de empleo.

Así, se recuerda que el proyecto «Acciones para favorecer la transversalización de la perspectiva de género en todas las políticas activas de empleo» se está ejecutando a través de diferentes fases. Entre los hitos alcanzados por esta decisión, destaca la elaboración de un dagnóstico de la implantación de la perspectiva de género en el Sistema Nacional de Empleo, para diseñar el Plan de Transversalización. Tendrá carácter plurianual, y se implantará mediante planes de acción de ejecución bienal, definidos y desarrollados por cada Servicio Público de Empleo mediante una selección de medidas a ejecutar en un período determinado, a partir de un catálogo de medidas que cubre todo el mapa de objetivos.

Implantación

Se mejoran los tiempos para su implantación, ya que para que se puedan ejecutar las políticas activas de empleo sin dilaciones se ha asegurado la financiación con el 70% de lo recibido en este año para la financiación de programas y servicios el año 2024. Esto permite configurar planes plurianuales de ejecución sin demoras. Por tanto, las autonomías cuentan ya con una previsión de fondos para dicho ejercicio.

Evaluación

La evaluación de las estrategias, planes y medidas de política pública constituye un elemento esencial desde el mismo momento de la planificación y el diseño de las actuaciones.

Se mejora la doble vertiente de la evaluación, que es interna y externa e incluye la medición del efecto diferencial de las políticas activas de empleo en la mejora de la empleabilidad, con grupos de control y análisis contrafactual.

La medición facilita la identificación de los programas y medidas de éxito y abre la puerta a su incentivo en sucesivos planes anuales, previendo una reserva de eficacia de fondos ligados a los mejores resultados.

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