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Apuntes sobre la creación del Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial

Apuntes sobre la creación del Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial

Diego Fierro Rodríguez

Letrado de la Administración de Justicia

Diario LA LEY, Nº 86, Sección Ciberderecho, 2 de Septiembre de 2024, LA LEY

LA LEY 23166/2024

Normativa comentada
Ir a Norma Regl. (UE) 2024/1689 UE, de 13 Jun. (normas armonizadas en materia de inteligencia artificial)
Ir a Norma L 28/2022 de 21 Dic. (fomento del ecosistema de las empresas emergentes)
Ir a Norma L 22/2021 de 28 Dic. (Presupuestos Generales del Estado para el año 2022)
Ir a Norma L 40/2015, de 1 Oct. (Régimen Jurídico del Sector Público)
Ir a Norma L 39/2015, de 1 Oct. (procedimiento administrativo común de las administraciones públicas)
Ir a Norma RD 210/2024 de 27 Feb. (establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública)
Ir a Norma RD 729/2023 de 22 Ago. (Estatuto de la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial)
Ir a Norma Orden TDF/619/2024 de 18 Jun. (crea y regula el Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial)
Ir a Norma R Asuntos Económicos 29 Abr. 2021 (publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, por el que aprueba el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia)
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Resumen

En este trabajo se presenta un análisis sobre el Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial de España, implementado según la Orden TDF/619/2024. Este órgano colegiado asesora al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública en la implementación de políticas públicas de Inteligencia Artificial que resulten adecuadas para las normas vigentes y para las que corresponda aprobar en el futuro. Su estructura incluye una presidencia y vocales de reconocida trayectoria en diversos campos de la Inteligencia Artificial. Entre sus funciones destacan la asesoría en la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial, la evaluación del impacto socioeconómico de la Inteligencia Artificial y la supervisión ética de su desarrollo. Operativamente, el Consejo funciona tanto en pleno como en ponencias especializadas, adaptándose así a las necesidades específicas del campo. Además, cuenta con el apoyo logístico del Ministerio para cumplir sus objetivos sin remuneración para sus miembros, excepto por gastos operativos necesarios.

Portada

I. Introducción

La creación del Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial mediante la Orden TDF/619/2024, de 18 de junio (LA LEY 14913/2024), representa un avance significativo en el ámbito de la regulación y promoción de la Inteligencia Artificial en España. Este organismo, establecido en conformidad con el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero (LA LEY 4275/2024), y la Ley 40/2015, de 1 de octubre (LA LEY 15011/2015), tiene como objetivo principal proporcionar asesoramiento experto al Gobierno español. Esta asesoría se orienta hacia la implementación de políticas públicas eficaces que promuevan una Inteligencia Artificial inclusiva y ética, abordando tanto las oportunidades como los desafíos que presenta esta tecnología emergente.

La Inteligencia Artificial, con su capacidad de transformar diversos sectores de la economía y la sociedad, requiere un enfoque regulatorio y de gobernanza que garantice su desarrollo y adopción de manera responsable (1) . En este contexto, la creación del Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial es una respuesta a la necesidad de contar con un órgano especializado que pueda ofrecer una perspectiva internacional y multidisciplinaria sobre las mejores prácticas y tendencias en el campo de la Inteligencia Artificial.

Este trabajo tiene como finalidad analizar en profundidad la normativa que sustenta la creación del Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial, examinar el concepto y la evolución histórica de la Inteligencia Artificial, identificar los desafíos y oportunidades que enfrenta España en este ámbito, y detallar la estructura, funciones y funcionamiento del Consejo. Asimismo, se busca proporcionar un contexto amplio que permita comprender la importancia de este organismo en el desarrollo de políticas públicas que promuevan el uso ético y responsable de la Inteligencia Artificial en beneficio de la sociedad (2) .

II. La importancia de la Inteligencia Artificial

1. Definición de Inteligencia Artificial

La Comisión Europea define la Inteligencia Artificial como una disciplina en la informática y la ingeniería que estudia, diseña y construye sistemas físicos (hardware) y lógicos (software) capaces de mostrar comportamientos considerados «inteligentes» (3) . Estos sistemas pueden analizar su entorno y ejecutar acciones de forma autónoma para alcanzar objetivos específicos. Esta definición subraya la capacidad de la Inteligencia Artificial para adaptarse y aprender de su entorno, lo que la distingue de otras tecnologías tradicionales.

La Inteligencia Artificial abarca una amplia gama de tecnologías y aplicaciones, desde algoritmos de aprendizaje automático y aprendizaje profundo  hasta sistemas de reconocimiento de voz y visión por computadora

La Inteligencia Artificial abarca una amplia gama de tecnologías y aplicaciones, desde algoritmos de aprendizaje automático (machinelearning) y aprendizaje profundo (deeplearning) hasta sistemas de reconocimiento de voz y visión por computadora (4) . Estos sistemas pueden realizar tareas complejas que tradicionalmente requerían inteligencia humana, como el reconocimiento de patrones, la toma de decisiones y la resolución de problemas (5) . La capacidad de la Inteligencia Artificial para analizar grandes volúmenes de datos y extraer información relevante ha revolucionado numerosos campos, permitiendo avances significativos en áreas como la medicina, la logística, la seguridad y la gestión de recursos (6) .

Además, la Inteligencia Artificial se caracteriza por su capacidad de mejorar continuamente a través de la retroalimentación y el aprendizaje (7) . Los sistemas de Inteligencia Artificial pueden ajustar sus algoritmos y modelos en función de los datos nuevos y de las experiencias anteriores, lo que les permite volverse más precisos y eficientes con el tiempo (8) . Esta capacidad de auto-mejora es una de las razones por las que la Inteligencia Artificial tiene un potencial tan transformador y por qué es crucial desarrollarla de manera ética y responsable (9) .

2. Evolución histórica

La Inteligencia Artificial como campo de estudio comenzó en la década de 1950, cuando investigadores como MCCARTHY (10) , MINSKY (11) y TURING (12) sentaron las bases teóricas para la creación de máquinas inteligentes. En sus inicios, la Inteligencia Artificial generó grandes expectativas, con visiones futuristas de máquinas que podrían realizar tareas humanas complejas. Sin embargo, la falta de capacidad computacional y la limitada comprensión de los algoritmos necesarios para emular la inteligencia humana llevaron a períodos de desilusión y menor interés, conocidos como los «inviernos de la Inteligencia Artificial» (13) .

A pesar de estos altibajos, la Inteligencia Artificial ha experimentado un renacimiento en las últimas décadas, impulsada por varios factores clave (14) . En primer lugar, la disponibilidad masiva de datos ha permitido a los sistemas de Inteligencia Artificial entrenarse en conjuntos de datos extensos y variados, mejorando su capacidad para reconocer patrones y hacer predicciones precisas. En segundo lugar, los avances en la potencia de cálculo, incluyendo el desarrollo de procesadores especializados como las unidades de procesamiento gráfico, han permitido ejecutar algoritmos de Inteligencia Artificial de manera más rápida y eficiente.

Además, el desarrollo de algoritmos avanzados de aprendizaje automático y aprendizaje profundo ha sido fundamental para el progreso de la Inteligencia Artificial (15) . Estos algoritmos permiten a las máquinas aprender de los datos de manera autónoma, sin necesidad de programación explícita para cada tarea. Como resultado, la Inteligencia Artificial ha avanzado significativamente en campos como el procesamiento del lenguaje natural, la visión por computadora y la robótica, superando en muchos casos las capacidades humanas en tareas específicas.

La evolución de la Inteligencia Artificial no solo ha sido tecnológica, sino también multidisciplinar (16) . La Inteligencia Artificial ha integrado conocimientos de áreas como la neurociencia, la psicología, la matemática y la economía, lo que ha enriquecido su desarrollo y ampliado su aplicación a diversos contextos. Esta evolución interdimensional ha permitido que la Inteligencia Artificial no solo mejore en términos de capacidades técnicas, sino que también se adapte mejor a las necesidades y desafíos del mundo real (17) .

3. El impacto en sectores clave

La Inteligencia Artificial ha tenido un impacto profundo y transformador en numerosos sectores de la economía y la sociedad. En el ámbito de la salud, por ejemplo, la Inteligencia Artificial está revolucionando el diagnóstico y tratamiento de enfermedades. Los sistemas de Inteligencia Artificial pueden analizar imágenes médicas con una precisión y rapidez que superan a los métodos tradicionales, permitiendo la detección temprana de enfermedades como el cáncer. Además, la Inteligencia Artificial está siendo utilizada para personalizar tratamientos, ajustando las terapias en función de las características individuales de cada paciente, lo que mejora significativamente los resultados clínicos.

En el sector empresarial, la Inteligencia Artificial está optimizando la gestión de recursos y la toma de decisiones. Los algoritmos de Inteligencia Artificial pueden analizar grandes volúmenes de datos empresariales para identificar patrones y tendencias, proporcionando información valiosa para la toma de decisiones estratégicas. Además, la Inteligencia Artificial está automatizando procesos administrativos y operativos, lo que reduce costos y aumenta la eficiencia. Las empresas también están utilizando la Inteligencia Artificial para mejorar la experiencia del cliente, a través de sistemas de recomendación personalizados y asistentes virtuales que ofrecen soporte y asesoramiento en tiempo real.

La educación es otro sector que se está beneficiando enormemente de la Inteligencia Artificial. Los sistemas de Inteligencia Artificial están permitiendo un aprendizaje más personalizado y adaptativo, ajustando el contenido y el ritmo de enseñanza a las necesidades individuales de cada estudiante. Ello no solo mejora el rendimiento académico, sino que también aumenta la motivación y el compromiso de los estudiantes. Además, la Inteligencia Artificial está facilitando la evaluación y retroalimentación en tiempo real, proporcionando a los educadores herramientas más precisas para monitorear el progreso de los estudiantes y ajustar sus estrategias pedagógicas en consecuencia.

La Inteligencia Artificial también puede desempeñar un papel crucial en la mitigación del impacto ambiental y la promoción del desarrollo sostenible. Los sistemas de Inteligencia Artificial pueden ir siendo utilizados para optimizar el uso de recursos naturales, mejorar la eficiencia energética y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. Por ejemplo, la Inteligencia Artificial puede ayudar a diseñar edificios más eficientes energéticamente, a gestionar redes eléctricas inteligentes que integran fuentes de energía renovable, y a seguir y predecir cambios ambientales para tomar medidas preventivas.

Ciertamente, la Inteligencia Artificial es un motor transversal de cambio tecnológico y socioeconómico, con el potencial de transformar prácticamente todos los aspectos de la vida cotidiana y los sectores profesionales (18) . Sin embargo, para maximizar sus beneficios y minimizar sus riesgos, es crucial que su desarrollo y adopción se realicen de manera ética y responsable, considerando tanto las oportunidades como los desafíos que presenta.

III. Desafíos y oportunidades en España

1. Potencial y desafíos

España cuenta con un sólido potencial en innovación y una infraestructura científica de calidad que la posicionan favorablemente para liderar la transformación tecnológica impulsada por la Inteligencia Artificial. El país ha realizado inversiones significativas en investigación y desarrollo, y cuenta con numerosas universidades y centros de investigación de prestigio que están a la vanguardia en diversas áreas de la Inteligencia Artificial. Además, España tiene una economía diversificada y un ecosistema empresarial dinámico que puede beneficiarse enormemente de la adopción de tecnologías avanzadas.

Sin embargo, a pesar de estas fortalezas, España enfrenta desafíos significativos en su camino hacia la plena adopción y aprovechamiento de la Inteligencia Artificial. Uno de los principales desafíos es el desarrollo de competencias digitales en la población. A medida que la Inteligencia Artificial y otras tecnologías avanzadas se integran en el tejido económico y social, es esencial que la fuerza laboral tenga las habilidades necesarias para adaptarse a estos cambios. Ello requiere una inversión continua en educación y formación, tanto en el sistema educativo formal como en programas de formación profesional y de reciclaje para trabajadores en activo.

Otro desafío importante es la digitalización de las pequeñas y medianas empresas, las pymes, que representan una parte significativa de la economía española y, a menudo, carecen de los recursos y la experiencia necesarios para implementar tecnologías avanzadas como la Inteligencia Artificial. Para que España pueda aprovechar plenamente los beneficios de la Inteligencia Artificial, es crucial que se desarrollen políticas y programas de apoyo que faciliten la adopción de estas tecnologías en las pymes, proporcionándoles acceso a recursos técnicos, financieros y formativos.

La creación de infraestructuras de datos es otro desafío clave. La Inteligencia Artificial depende en gran medida de la disponibilidad de grandes volúmenes de datos de alta calidad

La creación de infraestructuras de datos es otro desafío clave. La Inteligencia Artificial depende en gran medida de la disponibilidad de grandes volúmenes de datos de alta calidad. Para que los sistemas de Inteligencia Artificial puedan desarrollarse y operar de manera efectiva, es necesario contar con infraestructuras de datos robustas y seguras que permitan el almacenamiento, procesamiento y análisis de datos a gran escala (19) . Ello incluye no solo infraestructuras tecnológicas, sino también marcos regulatorios y normativos que garanticen la protección de la privacidad y la seguridad de los datos.

Finalmente, la optimización de los servicios públicos mediante la Inteligencia Artificial es una oportunidad y un desafío. La Inteligencia Artificial tiene el potencial de transformar la manera en que se prestan los servicios públicos, mejorando la eficiencia, la transparencia y la calidad de estos servicios. Sin embargo, la integración de la Inteligencia Artificial en el sector público requiere un enfoque estratégico y coordinado que aborde aspectos como la formación de los funcionarios públicos, la actualización de las infraestructuras tecnológicas y la implementación de políticas y regulaciones adecuadas.

2. Estrategia nacional y cooperación internacional

Para maximizar los beneficios de la Inteligencia Artificial, era esencial que el Gobierno español adopte una estrategia nacional que promueva la adopción responsable de estas tecnologías. De hecho, ha de tenerse presente que ya se aprobó la Estrategia de Inteligencia Artificial 2024.

Esta estrategia debe incluir medidas para fomentar la investigación y el desarrollo, apoyar la formación y capacitación de la fuerza laboral, y facilitar la digitalización de las empresas y la administración pública. Además, debe abordar aspectos éticos y normativos, asegurando que el desarrollo y uso de la Inteligencia Artificial se realice de manera transparente, justa y respetuosa con los derechos fundamentales (20) .

La colaboración internacional es un componente crucial de esta estrategia. La Inteligencia Artificial es un campo global, y los avances en esta área a menudo resultan de la colaboración entre investigadores, empresas y gobiernos de diferentes países. España debe buscar alianzas y cooperaciones internacionales que le permitan acceder a los últimos desarrollos en Inteligencia Artificial, compartir conocimientos y experiencias, y participar en la formulación de estándares y regulaciones globales. La participación en iniciativas y consorcios internacionales, así como en programas de investigación y desarrollo financiados por la Unión Europea y otros organismos, es esencial para mantenerse a la vanguardia en este campo.

La inversión en I+D es otro pilar fundamental para mantener el liderazgo en la adopción de la Inteligencia Artificial. El Gobierno español debe asegurar que se destinen recursos adecuados a la investigación en Inteligencia Artificial, apoyando tanto a las universidades y centros de investigación como a las empresas innovadoras que desarrollan nuevas tecnologías y aplicaciones. Además, es importante fomentar la transferencia de conocimiento y tecnología entre el sector académico y el empresarial, facilitando la comercialización de innovaciones y su aplicación práctica en el mercado.

La creación de un ecosistema de innovación robusto también es esencial. Ello implica no solo apoyar a las startups y pymes innovadoras, sino también crear condiciones favorables para la inversión privada en tecnología y promover la colaboración entre diferentes actores del ecosistema, incluyendo empresas, universidades, centros de investigación y gobiernos locales. Un ecosistema de innovación dinámico y bien conectado puede acelerar el desarrollo y adopción de la Inteligencia Artificial, generando beneficios económicos y sociales a gran escala (21) .

Ciertamente, para que España pueda aprovechar plenamente las oportunidades que ofrece la Inteligencia Artificial, es necesario un enfoque estratégico e integral que combine la inversión en I+D, la formación y capacitación, la digitalización de las empresas y las Administraciones públicas y la colaboración internacional (22) . Con un marco normativo adecuado y un compromiso claro con la innovación, España puede liderar esta revolución tecnológica y maximizar los beneficios para toda la sociedad.

3. El asentamiento de la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial

El Real Decreto 729/2023, de 22 de agosto (LA LEY 24251/2023), establece el Estatuto de la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial, marcando un hito importante en la regulación de la Inteligencia Artificial en España. Esta Agencia, cuya creación fue inicialmente contemplada en la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022 (LA LEY 28442/2021), y luego reforzada por la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (LA LEY 26453/2022), se integra dentro de una estrategia nacional y europea más amplia destinada a regular y supervisar el desarrollo y uso de la Inteligencia Artificial (23) .

Debe tenerse presente que la Ley 22/2021 (LA LEY 28442/2021) faculta al Gobierno para impulsar una normativa específica que dé lugar a la creación de la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial. Esta Agencia está configurada como una entidad estatal con personalidad jurídica pública, patrimonio propio y autonomía en su gestión, lo que le otorga la capacidad administrativa necesaria para supervisar y regular el uso de la Inteligencia Artificial en España. Por otro lado, la Ley 28/2022 (LA LEY 26453/2022), que fomenta el ecosistema de las empresas emergentes, también contempla la creación de la Agencia, cumpliendo con lo estipulado en el artículo 91 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LA LEY 15011/2015). Esta ley establece los principios y normas que deben regir el sector público, asegurando que las nuevas entidades operen bajo estándares de eficiencia, transparencia y responsabilidad.

La creación de la Agencia se enmarcó en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (LA LEY 9394/2021), un proyecto ambicioso que busca modernizar la economía española mediante diez políticas palanca, que están diseñadas para avanzar hacia una España más verde, digital, cohesionada e igualitaria. Dentro de estas directrices, el Pacto por la Ciencia y la Innovación, que incluye la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial, es clave para el desarrollo de la Inteligencia Artificial en el país (24) .

La Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial, parte esencial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (LA LEY 9394/2021), se refuerza significativamente con la creación de la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial. Esta entidad supervisará y garantizará el cumplimiento de las normas y estándares en el uso de la Inteligencia Artificial, asegurando que su desarrollo y aplicación se realicen de manera ética y responsable.

La creación de la Agencia responde a una obligación establecida en el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, que busca establecer normas armonizadas en materia de Inteligencia Artificial

Además, la creación de la Agencia responde a una obligación establecida en el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, que busca establecer normas armonizadas en materia de Inteligencia Artificial. Este reglamento requiere que cada Estado miembro de la Unión Europea designe una «autoridad nacional de supervisión» para vigilar la aplicación de la normativa europea en materia de Inteligencia Artificial. En este contexto, la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial actuará como esta autoridad, coordinando las actividades nacionales y representando a España ante el Comité Europeo de Inteligencia Artificial.

El Reglamento de Inteligencia Artificial (LA LEY 16665/2024) contempla una serie de obligaciones que deberán ser asumidas por la autoridad nacional de supervisión a fin de controlar los riesgos (25) . Para cumplir con estas obligaciones, se ha creado la Agencia Estatal, anticipándose y preparándose para asumir las responsabilidades que imponga el Reglamento. Este real decreto se ha tramitado por la vía administrativa urgente, destacando la importancia de la rapidez en la implementación de estas medidas.

Además de sus funciones de supervisión, la Agencia se encargará de todas las materias y competencias que deban ser asumidas por España como Estado miembro de la Unión Europea en materia de Inteligencia Artificial, especialmente las relacionadas con la supervisión. La Agencia garantizará el cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en la normativa europea y nacional, asegurando que España esté a la vanguardia en la regulación y supervisión de la Inteligencia Artificial.

El Real Decreto 729/2023 (LA LEY 24251/2023) cumple con los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LA LEY 15010/2015). Responde a la rápida evolución de la Inteligencia Artificial y a la necesidad de controlar y supervisar los riesgos asociados, promoviendo al mismo tiempo la innovación responsable en esta tecnología avanzada. La Agencia jugará un papel crucial en la gestión y liderazgo del ecosistema español de Inteligencia Artificial responsable, facilitando la supervisión voluntaria (26) .

La Agencia también fomentará el desarrollo del Pacto por la Inteligencia Artificial y el Código de Buenas Prácticas de Inteligencia Artificial Generativa, producido en el Consejo de Comercio y Tecnología entre Estados Unidos y la Unión Europea. Además, generará entornos de prueba regulados que permitirán a innovadores y desarrolladores de sistemas de Inteligencia Artificial de alto riesgo o de propósito general operar de manera responsable (27) .

La Agencia contará con guías operacionales para implementar los requisitos de la normativa europea en materia de Inteligencia Artificial (28) . Estas guías serán fundamentales para generar conocimiento en el ecosistema sobre el cumplimiento de los requisitos y para acompañar los cambios necesarios para asegurar dicho cumplimiento. Asimismo, el real decreto responde a la necesidad de constituir la estructura orgánica de la Agencia y establecer los recursos necesarios para cumplir con sus objetivos, competencias y obligaciones.

El artículo 1 del citado real decreto recoge la naturaleza jurídica de la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial. La Agencia es una entidad de derecho público regulada en los artículos 108 bis (LA LEY 15011/2015) a 108 sexies de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LA LEY 15011/2015). La Agencia se adscribe al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial. La Agencia tiene personalidad jurídica pública, patrimonio propio y autonomía en su gestión, con facultad para ejercer potestades administrativas para el cumplimiento de los programas correspondientes a las políticas públicas que desarrolle la Administración General del Estado en el ámbito de sus competencias.

La Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial se establece como una entidad fundamental para el desarrollo y supervisión de la Inteligencia Artificial en España (29) . Su creación no solo responde a necesidades nacionales sino también a compromisos europeos, asegurando que España cumpla con las normas y estándares internacionales en el uso de la Inteligencia Artificial. La autonomía y las potestades administrativas conferidas a la Agencia le permitirán actuar de manera eficaz y eficiente en la supervisión de la Inteligencia Artificial, promoviendo su uso responsable y ético.

IV. Marco normativo del Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial

1. Consideraciones generales

El Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero (LA LEY 4275/2024), por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, junto con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LA LEY 15011/2015), recogen el marco normativo básico para la creación de órganos colegiados como el Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial. Estos instrumentos legales son fundamentales para asegurar que las decisiones relacionadas con la Inteligencia Artificial en España se tomen con el asesoramiento adecuado de expertos en la materia.

El Real Decreto 210/2024 (LA LEY 4275/2024) refuerza este marco al detallar la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. Según el artículo 1 del decreto, este ministerio es responsable de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en áreas como las telecomunicaciones, la sociedad de la información, la transformación digital y el desarrollo y fomento de la Inteligencia Artificial. Además, el Ministerio se encarga de la política en materia de administración pública, función pública y gobernanza pública.

Para llevar a cabo estas funciones, el Ministerio se organiza en varias secretarías de estado, incluyendo la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial. Esta secretaría abarca la Dirección General de Digitalización e Inteligencia Artificial, la Dirección General del Dato y la Dirección General de Planificación Estratégica en Tecnologías Digitales Avanzadas y Nueva Economía de la Lengua.

El Real Decreto 210/2024 (LA LEY 4275/2024) subraya la importancia de integrar la experiencia internacional y las mejores prácticas en la formulación de políticas públicas, especialmente en áreas tan dinámicas y tecnológicamente avanzadas como la Inteligencia Artificial. La combinación de estos instrumentos legales proporciona una base sólida para la creación y operación del Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial, garantizando su capacidad para influir positivamente en la estrategia nacional de Inteligencia Artificial.

2. Consideraciones singulares en torno a la Orden TDF/619/2024

La Orden TDF/619/2024, de 18 de junio (LA LEY 14913/2024), formaliza la creación del Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial y establece sus objetivos, estructura y funciones. Esta orden ministerial se enmarca en el contexto de las políticas del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, que busca promover una Inteligencia Artificial inclusiva y ética en España. La creación de este Consejo es una respuesta directa a la necesidad de contar con asesoramiento especializado que incorpore las mejores prácticas internacionales y una visión integral del estado de conocimiento académico sobre la materia.

Debe tenerse presente que la Orden TDF/619/2024 (LA LEY 14913/2024) detalla las competencias del Consejo Asesor, entre las que se incluyen la evaluación de la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial 2024, la asesoría en la evaluación del impacto de la Inteligencia Artificial en diversos sectores, y la formulación de propuestas para mejorar las políticas públicas relacionadas con la Inteligencia Artificial. Además, la orden establece la composición del Consejo, los criterios para el nombramiento de sus miembros, y las reglas para su funcionamiento y organización interna. Este marco normativo es esencial para asegurar que el Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial pueda cumplir eficazmente con su misión y contribuir al desarrollo de sistemas algorítmicos que beneficie a toda la sociedad española.

V. Estructura y funciones del Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial

1. Objeto y adscripción

1.1. Aspectos básicos

El Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial se crea como un órgano colegiado adscrito al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, con el objetivo principal de asesorar al Gobierno en el despliegue de una Inteligencia Artificial inclusiva y en el desarrollo de políticas públicas que reflejen las mejores prácticas internacionales y una visión integral del estado de conocimiento académico sobre la materia. La creación de este Consejo responde a la necesidad de contar con un órgano especializado que pueda ofrecer asesoramiento experto y una perspectiva global sobre los desafíos y oportunidades que presenta la Inteligencia Artificial.

1.2. Objetivos del Consejo

El Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial tiene como misión principal promover una Inteligencia Artificial que sea ética, inclusiva y beneficiosa para toda la sociedad. Para lograr este objetivo, el Consejo debe asegurar que las políticas y estrategias en materia de Inteligencia Artificial se fundamenten en el conocimiento más actualizado y relevante, considerando tanto los beneficios económicos como los posibles riesgos y desafíos. Ello incluye asesorar al Ministerio en la formulación de políticas y estrategias que fomenten el desarrollo y adopción de la Inteligencia Artificial de manera responsable, promoviendo una innovación tecnológica que respete los derechos humanos y la diversidad.

1.3. Importancia de la Adscripción

La adscripción del Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública refuerza su papel estratégico en la coordinación e implementación de políticas de Inteligencia Artificial. Este ministerio, responsable de liderar la transformación digital en España, es el interlocutor natural para integrar el asesoramiento experto del Consejo en las decisiones y políticas gubernamentales. La colaboración estrecha entre el Consejo y el ministerio es esencial para asegurar que las políticas de Inteligencia Artificial se desarrollen de manera coherente y efectiva, y que se aborden de manera integral los diversos aspectos éticos, técnicos y sociales de la Inteligencia Artificial.

2. Funciones principales

2.1. Aspectos básicos

El Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial tiene varias funciones clave, fundamentales para asegurar el desarrollo y adopción de la Inteligencia Artificial de manera ética, inclusiva y efectiva en España. Estas funciones se describen a continuación en detalle, junto con un análisis de sus implicaciones.

2.2. Asesoramiento en áreas críticas

Una de las funciones principales del Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial es asesorar al Ministerio en las áreas críticas necesarias para garantizar el despliegue de una Inteligencia Artificial inclusiva. Este asesoramiento debe incorporar las mejores prácticas internacionales y una visión integral del estado de conocimiento académico sobre cada materia. El Consejo debe proporcionar recomendaciones basadas en evidencia y análisis riguroso, asegurando que las políticas y estrategias en materia de Inteligencia Artificial se fundamenten en el conocimiento más actualizado y relevante.

Este asesoramiento es crucial para abordar áreas como la ética en la Inteligencia Artificial, la privacidad y la protección de datos, la equidad y la justicia algorítmica, y la transparencia en el uso de sistemas de Inteligencia Artificial (30) . La implementación de políticas que consideren estos aspectos puede prevenir problemas como la discriminación algorítmica, la vigilancia masiva sin control, y el uso irresponsable de datos personales. Al asesorar en estas áreas, el Consejo ayuda a garantizar que la adopción de la Inteligencia Artificial se realice de manera que beneficie a todos los sectores de la sociedad, sin dejar atrás a grupos vulnerables o marginados.

2.3. Evaluación de la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial

Otra función clave del Consejo es valorar y formular propuestas sobre la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial 2024. Esta estrategia recoge las líneas de acción del gobierno en materia de Inteligencia Artificial y es fundamental para orientar el desarrollo y adopción de la Inteligencia Artificial en España. El Consejo debe analizar la estrategia en detalle, identificando fortalezas y áreas de mejora, y formulando recomendaciones que permitan aprobar nuevas versiones de la estrategia que sean más efectivas y alineadas con los objetivos nacionales e internacionales.

La evaluación continua de la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial asegura que las políticas y programas de Inteligencia Artificial se adapten a los cambios tecnológicos y a las necesidades emergentes de la sociedad. Ello implica la revisión periódica de los objetivos estratégicos, la identificación de nuevas áreas de oportunidad, y la actualización de las medidas de implementación para reflejar los últimos avances en tecnología y ciencia. Además, la evaluación debe considerar el impacto de la estrategia en diferentes sectores y grupos sociales, asegurando que los beneficios de la Inteligencia Artificial se distribuyan equitativamente y que se minimicen los riesgos potenciales.

2.4. Asesoramiento en la evaluación del impacto de la Inteligencia Artificial

El Consejo también tiene la responsabilidad de asesorar en la evaluación del impacto de la Inteligencia Artificial en la industria, la administración pública y la sociedad en general. Ello incluye analizar cómo la Inteligencia Artificial está afectando diferentes sectores y grupos sociales, identificando tanto los beneficios como los posibles riesgos y desafíos. El Consejo debe proporcionar recomendaciones para mitigar los riesgos y maximizar los beneficios de la Inteligencia Artificial, asegurando que su adopción contribuya al bienestar social y al desarrollo sostenible.

La evaluación del impacto de la Inteligencia Artificial resulta esencial para entender cómo esta tecnología está transformando diversos aspectos de la vida y la economía. Por ejemplo, en la industria, la Inteligencia Artificial puede aumentar la productividad y la eficiencia, pero también puede llevar a la automatización de empleos y la posible pérdida de puestos de trabajo. En la administración pública, la Inteligencia Artificial puede mejorar la eficiencia y la transparencia, pero también plantea desafíos en términos de privacidad y seguridad. En la sociedad en general, la Inteligencia Artificial puede mejorar la calidad de vida y proporcionar nuevas oportunidades, pero también puede exacerbar las desigualdades y crear nuevos riesgos éticos y sociales. El Consejo debe evaluar estos impactos de manera integral y proporcionar recomendaciones para abordar estos desafíos de manera proactiva.

2.5. Apoyo de la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial

Además, el Consejo debe asesorar sobre las líneas de pensamiento que posteriormente desarrollará la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial. Esta agencia es responsable de supervisar y regular el uso de la Inteligencia Artificial en España, asegurando que se cumplan los estándares éticos y normativos. El C debe proporcionar orientaciones y recomendaciones que ayuden a la agencia a cumplir con su misión de manera efectiva, promoviendo un uso responsable y transparente de la Inteligencia Artificial.

El apoyo del Consejo a la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial es fundamental para garantizar que las regulaciones y supervisión de la Inteligencia Artificial sean efectivas y adecuadas. Ello incluye el desarrollo de marcos regulatorios que aborden aspectos como la transparencia, la rendición de cuentas y la responsabilidad en el uso de la Inteligencia Artificial. También implica la identificación y disminución de riesgos, la promoción de prácticas de Inteligencia Artificial responsables y sostenibles, y la garantía de que las tecnologías de Inteligencia Artificial se utilicen de manera que respeten los derechos humanos y promuevan el bienestar social.

3. Composición y nombramientos

3.1. Aspectos básicos

La composición del Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial está diseñada para asegurar una representación amplia y diversa de expertos en Inteligencia Artificial. El Consejo está compuesto por personas de reconocido prestigio en el ámbito de la Inteligencia Artificial, incluyendo investigadores, académicos, profesionales de la industria y representantes de organizaciones internacionales. Estos miembros son seleccionados en base a su experiencia y conocimiento en el campo de la Inteligencia Artificial, así como a su capacidad para aportar perspectivas valiosas y diversas.

3.2. Diversidad y representación

La diversidad en la composición del Consejo es crucial para asegurar que se consideren diferentes perspectivas y enfoques en el asesoramiento y toma de decisiones. Ello incluye no solo la diversidad de disciplinas y áreas de especialización, sino también la representación de diferentes géneros, culturas y regiones geográficas. Una composición diversa permite al Consejo abordar de manera más completa y efectiva los desafíos y oportunidades que presenta la Inteligencia Artificial, asegurando que las políticas y estrategias desarrolladas sean inclusivas y equitativas.

La inclusión de expertos de diferentes disciplinas asegura que el Consejo pueda abordar la Inteligencia Artificial desde múltiples ángulos, incluyendo la ética, la economía, la tecnología, la sociología y la psicología. Esta diversidad de perspectivas es esencial para comprender los complejos impactos de la Inteligencia Artificial y desarrollar políticas que sean holísticas y bien fundamentadas. Además, la representación de diferentes géneros y culturas en el Consejo promueve una mayor equidad y justicia en el desarrollo y aplicación de la Inteligencia Artificial, asegurando que se consideren y aborden las necesidades y preocupaciones de todos los grupos sociales.

3.3. Proceso de nombramiento

El nombramiento de los miembros del Consejo se realiza mediante un proceso transparente y riguroso, asegurando que se seleccionen a los candidatos más cualificados y adecuados. Este proceso incluye la evaluación de las credenciales y logros de los candidatos, así como su capacidad para contribuir al trabajo del Consejo. Los miembros del Consejo son nombrados por un período específico, y pueden ser reelegidos en función de su desempeño y contribuciones.

Un proceso de nombramiento transparente y riguroso es esencial para mantener la integridad y la credibilidad del Consejo. Ello implica la implementación de criterios claros y objetivos para la selección de miembros, así como la participación de un comité de selección independiente que garantice la imparcialidad y la equidad en el proceso de nombramiento. Además, es importante establecer mecanismos de evaluación y rendición de cuentas que permitan evaluar el desempeño de los miembros del Consejo y asegurar que cumplan con sus responsabilidades de manera efectiva y ética.

3.4. Funciones de la Presidencia y la Secretaría

La Presidencia del Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial la ostentará una persona con reconocida trayectoria institucional, profesional y académica en el ámbito de las políticas públicas y en la implementación ética de la Inteligencia Artificial en el desarrollo social y económico. La persona titular de la Presidencia tiene la representación general del Consejo, acuerda la convocatoria y preside las reuniones del Consejo. La Secretaría del Consejo la ejercerá la persona titular de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, quien se encargará de la preparación del orden del día, las tareas de archivo, documentación y servicios de apoyo técnico al Consejo, y la convocatoria de sus reuniones y levantamiento de actas.

La Presidencia y la Secretaría del Consejo juegan un papel crucial en la coordinación y gestión de las actividades del Consejo. La persona titular de la Presidencia debe proporcionar un liderazgo fuerte y una visión clara para guiar el trabajo del Consejo, asegurando que sus recomendaciones y asesoramientos sean relevantes y efectivos. Por su parte, la Secretaría del Consejo debe garantizar que el Consejo cuente con el apoyo logístico y técnico necesario para llevar a cabo sus funciones de manera eficiente. Ello incluye la organización de reuniones, la gestión de documentación y la facilitación de la comunicación y colaboración entre los miembros del Consejo.

3.5. Funcionamiento y operatividad

El Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial podrá funcionar en Pleno o en ponencias. El Pleno, compuesto por todos los miembros del Consejo, se reunirá al menos una vez al año y sus informes no tendrán carácter vinculante. Además, la persona titular de la Presidencia podrá constituir ponencias especializadas de carácter temporal para el estudio de asuntos concretos, integradas por aquellos miembros del Consejo que decida el Pleno. Estas ponencias actuarán como grupos de trabajo del Consejo y sus informes tampoco tendrán carácter vinculante.

El funcionamiento en Pleno y en ponencias permite al Consejo abordar una amplia gama de temas de manera más efectiva y detallada. El Pleno ofrece una plataforma para la discusión y deliberación sobre temas generales y estratégicos, mientras que las ponencias especializadas permiten un enfoque más profundo y técnico en áreas específicas. Esta estructura flexible y modular permite al Consejo adaptarse a las necesidades cambiantes y a los desafíos emergentes en el campo de la Inteligencia Artificial, asegurando que sus recomendaciones sean pertinentes y de alta calidad.

4. Medios y régimen económico

El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública facilitará los medios personales y materiales necesarios para el funcionamiento del Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial. Los miembros del Consejo no perciben remuneración alguna por el ejercicio de sus funciones, salvo en cuanto a los gastos de desplazamiento o manutención necesarios para el normal funcionamiento del Consejo.

La provisión de medios personales y materiales adecuados es esencial para asegurar que el Consejo pueda llevar a cabo sus funciones de manera eficiente y efectiva. Ello incluye el acceso a recursos técnicos, administrativos y financieros necesarios para la realización de investigaciones, la organización de reuniones y la elaboración de informes y recomendaciones. Además, la política de no remuneración de los miembros del Consejo, salvo por los gastos necesarios, asegura que su participación sea motivada por el compromiso y la dedicación a la misión del Consejo, y no por intereses financieros.

VI. Conclusión

La creación del Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial representa un paso significativo para España en su esfuerzo por liderar la adopción responsable y ética de la Inteligencia Artificial. Este órgano no solo proporcionará asesoramiento experto en la formulación de políticas y estrategias, sino que también garantizará que estas se alineen con las mejores prácticas internacionales y las necesidades de la sociedad española. A través de su trabajo, el Consejo contribuirá a maximizar los beneficios de la Inteligencia Artificial, promoviendo una transformación digital que sea inclusiva, ética y beneficiosa para todos.

En el contexto global, la Inteligencia Artificial se está convirtiendo en un motor crucial de innovación y desarrollo. Para España, es esencial no solo adoptar estas tecnologías, sino también liderar su desarrollo y aplicación de manera que se maximicen los beneficios y se minimicen los riesgos. El Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial desempeñará un papel clave en este esfuerzo, proporcionando el conocimiento y las orientaciones necesarias para navegar los complejos desafíos y oportunidades que presenta la Inteligencia Artificial.

Finalmente, la colaboración y el compromiso de todos los actores involucrados, desde los gobiernos estatal y autonómicos y las empresas hasta la academia y la sociedad civil, serán esenciales para asegurar el éxito de este esfuerzo. Con una estrategia clara y un enfoque coordinado, España puede posicionarse como un líder global en la adopción responsable de la Inteligencia Artificial, promoviendo una transformación digital que beneficie a toda la sociedad y contribuya al desarrollo sostenible y equitativo del país.

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(1)

SORDO LETANG, J.. «Inteligencia artificial». Zénit: Revista digital del Supremo Consejo del Grado 33 y último del Rito Escocés Antiguo y Aceptado para España, N.o 65, 2023, pp. 7-10, p. 9.

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(2)

Precisamente, resulta esencial poder controlar los riesgos derivados del uso de los sistemas algorítmicos, incluso los peligros con relevancia penal. Véase la explicación contenida en DE LA CUESTA AGUADO, P.M.. «Inteligencia artificial y responsabilidad penal». Revista penal México, N.o. 16-17, 2019-2020, pp. 51-62, p. 56.

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(3)

Véanse la Propuesta de Reglamento de Inteligencia Artificial (LA LEY 16665/2024) y el preámbulo de la Orden TDF/619/2024, de 18 de junio (LA LEY 14913/2024), formaliza la creación del Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial. En cuanto al concepto de inteligencia, hay que restringirlo al ámbito de desarrollo de actuaciones en base a los patrones implementados en su algoritmo. En este sentido, resulta de interés lo explicado en GIORDANO, C.. «Inteligencia Artificial». Question, Vol. 3, N.o 76, 2023.

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(4)

MILLA LOSTAUNAU, L.. «La Inteligencia Artificial». Quipukamayoc, Vol. 11, N.o 22, 2004, pp. 109-112, p. 110.

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(5)

SAVATER, F.. «Inteligencia artificial». Claves de Razón Práctica, N.o 280, 2022, pp. 7-8, p. 7.

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(6)

ALVARADO, M.. «Una mirada a la inteligencia artificial». Revista Ingeniería, Matemáticas y Ciencias de la Información, Vol. 2, N.o. 3, 2015, pp. 27-31, p. 29.

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(7)

ATENCIA LÓPEZ, J.M.. «Inteligencia Artificial y pensamiento humano: (Un enfoque raciovitalista de la discusión sobre la Inteligencia Artificial)». Thémata: Revista de filosofía, N.o 24, 2000, pp. 9-28, p. 19.

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(8)

AYERBE, A.. «La ciberseguridad y su relación con la inteligencia artificial». Análisis del Real Instituto Elcano (ARI), N.o. 128, 2020.

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(9)

CORVALÁN, J.G.. «El impacto de la Inteligencia Artificial en el trabajo». Revista de Direito Econômico e Socioambiental, Vol. 10, N.o. 1, 2019, pp. 35-51, p. 43.

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(10)

SCHAFER, V., & LE CROSNIER, H.. «Steve Jobs, Dennis Ritchie et John McCarthy». Hermès: Cognition — comunication — politique, N.o 62, 2012, pp. 177-184, p. 181.

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(11)

FAJARDO DE ANDARA, C. Y.. «Marvin Lee Minsky: pionero en la investigación de la inteligencia artificial (1927-2016)». Publicaciones en Ciencias y Tecnología, Vol. 15, N.o 1, 2021, pp. 41-50, p. 43. Además, debe atenderse a lo expresado en GIMÉNEZ BARBAT, T.. «Marvin Minsky, psicólogo de máquinas». Leer, Año 30, N.o 251 (abr.), 2014, p. 59.

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(12)

LÓPEZ RODRÍGUEZ, A.. «Alan Turing y los inicios de la computación». Bit, N.o 189, 2012. Igualmente, véase lo señalado en MARTÍN-DELGADO ALCÁNTARA, M. Á.. «Alan Turing y los orígenes de la complejidad». Arbor: Ciencia, pensamiento y cultura, N.o 764, 2013.

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(13)

SHEAD, S.. «Qué es el "invierno de la inteligencia artificial" y por qué hay expertos que creen que estamos acercándonos a uno». BBC, 2020. Recuperado de https://www.bbc.com/mundo/noticias-51097189 (consultado el día 8 de julio de 2024).

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DE ALMEIDA, K. R., VETIS ZAGANELLI, M., & DA SILVA GONÇALVES, M. C.. «Inteligencia artificial». Derecho y Cambio Social, N.o 62, 2020, pp. 28-37, p. 32.

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TORRES SOLER, L.C.. «Apartes desde la inteligencia artificial». Ingeniería e Investigación, N.o. 40, 1998, pp. 83-93, p. 87.

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SALAZAR CEBALLOS, A.. «La inteligencia artificial vs la inteligencia humana». Duazary: Revista internacional de Ciencias de la Salud, Vol. 15, N.o. 3, 2018, pp. 249-250, p. 249.

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PAGAZAURTUNDÚA RUIZ, M.. «Inteligencia artificial: instrucciones de uso». Claves de Razón Práctica, N.o 280, 2022, pp. 32-40, p. 36.

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(19)

GIL ALUJA, J.. «De la razón artificial a la inteligencia artificial». Encuentros multidisciplinares, Vol. 22, N.o 64, 2020.

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(20)

Véase la exploración realizada en GÓMEZ ABEJA, L.. «Inteligencia artificial y derechos fundamentales». En: Inteligencia artificial y Filosofía del derecho, coordinado por J. Garrido Martín y R. D. Valdivia Giménez; F. H. Llano Alonso (dir.), 2022, pp. 91-114, p. 102.

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(21)

RAMÍREZ, M.. «La revolución tecnológica de la inteligencia artificial». Técnica industrial, N.o 325, 2020, pp. 8-12, p. 11.

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(22)

GAMERO CASADO, E.. «El enfoque europeo de Inteligencia Artificial». Revista de Derecho Administrativo, N.o. 20, 2021, pp. 268-289, p. 272.

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(24)

BARRIO ANDRÉS, M.. «Sobre la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA)». Diario La Ley, N.o 10349, 2023.

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(25)

CARRIEGOS, M. V.. «Un apunte en ciberseguridad e inteligencia artificial». Claves de Razón Práctica, N.o 280, 2022, pp. 42-47, p. 44.

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(26)

BOURA, M.. «Inteligência Artificial. Quadro jurídico e reflexões sobre a Proposta de Regulamento de Inteligência Artificial». Revista Electrónica de Direito. RED, Vol. 32, N.o 3, 2023.

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(27)

BARRIO ANDRÉS, M.. «Sobre la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA)». Op. cit..

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(28)

SÁNCHEZ, L.. «Las claves de AESIA, el regulador sobre IA que tendrá un papel dinamizador de esta actividad, según los expertos». Op. cit..

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(29)

ESCRIBANO TORTAJADA, P.. «Inteligencia artificial». Revista de Derecho Civil, Vol. 10, N.o. 2, 2023, pp. 1-2, p. 1.

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(30)

En definitiva, se trata de luchar contra los resultados que puedan estar condicionados indebidamente por sesgos algorítmicos y frente a los abusos por excesos de la inteligencia artificial. Véase lo razonado en MIRANDA BONILLA, H.. «Inteligencia artificial y justicia». Revista de la Facultad de Derecho de México, Vol. 72, N.o. 284, 2022, pp. 373-402, p. 381.

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