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Esquema, índice y concordancias del Reglamento de Inteligencia Artificial

  • 3-7-2024 | LA LEY
  • Tras la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) del esperado Reglamento europeo de Inteligencia Artificial, o AI Act, sus extensos 113 artículos, 13 anexos y 180 considerandos deberán ser ahora objeto de minucioso análisis y estudio por parte de todos los profesionales encargados de su aplicación, o del asesoramiento jurídico sobre el mismo.
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Carlos B Fernández. El minucioso análisis y estudio del Reglamento europeo de Inteligencia Artificial (Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial) va a ser una tarea que se puede ver complicada por el hecho de que la norma carece de un índice que facilite una rápida comprensión de su estructura y contenido, antes de sumergirse en la lectura de sus preceptos.

Por ello, hemos preparado dos documentos, complementarios entre sí, que estamos seguros pueden ser de utilidad para los profesionales y estudiosos de la norma.

Por una parte, un Esquema General del Reglamento, que permite conocer de un rápido vistazo su estructura general, a nivel de capítulos y secciones.

A continuación, un Índice completo del Reglamento, incluyendo su articulado, que permite profundizar en la estructura de la norma, con apoyo en el título de los diferentes preceptos y localizar con facilidad el necesario en cada caso.

Pero una norma tan compleja requiere, necesariamente, de una continua remisión a sus considerandos. Estos son la parte del Reglamento que contiene su motivación y, en consecuencia, tienen por objeto “dar a conocer a toda persona interesada las circunstancias en que el autor del acto ha ejercido la competencia relativa al acto en cuestión, así como dar a las partes de un litigio la posibilidad de defender sus derechos y al Tribunal de Justicia de la Unión Europea la de ejercer su facultad de control” (Guía práctica común del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión para la redacción de textos legislativos de la Unión Europea).

Por tanto, incluimos también un Cuadro de concordancias entre el articulado del Reglamento y sus considerandos, que permite localizar con rapidez la motivación, y con ello, la finalidad que ha perseguido el legislador con cada precepto de la norma, ofreciendo con ello los principales elementos de hecho y de Derecho en los que se ha basado y que resultan necesarios para hacer comprensible su razonamiento, en palabras de la STJUE de 4 de julio de 1963, en el asunto 24/62.

Con todo ello, creemos poder ofrecer a nuestros lectores y al público jurídico en general unas útiles herramientas para aproximarse, conocer y estudiar esta relevante norma que, sin duda, será objeto de numeroso y necesario análisis a lo largo de los próximos tiempos. De todo ello, iremos dando puntual cuenta.

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vicente rodriguez ramos |12/07/2024 18:54:49
Buenas tardes :En realidad no soy capaz de advertir que utilidades puede proporcionar el conocimiento de este Reglamento a un despacho de abogado unipersonal, en qué situación el despacho se verá si no se dedica al conocimiento tan extenso de este Reglamento en el desarro- diario de su profesión . En definitiva lo único que se me ocurre es que las bases de datos y el material que utilizo puedan proporcionar interesantes opciones para escoger soluciones al problema del asesoramiento, pero no en sí mismo a conocer como puedo asesorar en materia IA, porque es una materia que no resuelve el día a día de los despachos, sino que en todo caso el big data junto con la IA serán elementos de grandes despachos , pero para el mío, mucho me tienen que decir los profesionales que tienen tiempo para estudiar, para resolver el día a día de un despacho de provincias.Por último el mail puesto es correctísimo. No sé cual es el defecto que detentan porque el puesto es correctísimo. Es vrodriguezramos@abogadoytributos.comNotificar comentario inapropiado
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