Cargando. Por favor, espere

El TC revisará la constitucionalidad de la reforma que refuerza la ejecución de sus resoluciones

Diario La Ley, Nº 8698, Sección Hoy es Noticia, 9 de Febrero de 2016, Editorial LA LEY

LA LEY 27593/2016

  • Admite a trámite los recursos de los gobiernos catalán y vasco contra la reforma "expres" de la LOTC.

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite sendos recursos de inconstitucionalidad promovidos por la Generalitat de Cataluña y el Gobierno vasco contra la reforma --aprobada el pasado mes de octubre-- de la Ley Orgánica que rige el propio órgano ( LOTC) con el fin de reforzar sus facultades para hacer cumplir sus resoluciones.

La norma cuestionada detalla un régimen específico de actuación para los supuestos en que alguien no ejecute las sentencias del TC, que "velará por el cumplimiento efectivo de sus resoluciones". "Podrá disponer en la sentencia, o en la resolución, o en actos posteriores, quién ha de ejecutarla, las medidas de ejecución necesarias y, en su caso, resolver las incidencias de la ejecución", según reza su exposición de motivos.

La admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del asunto, que el Tribunal resolverá en los próximos meses, ni tampoco suspende la vigencia de la ley. De momento, se ha dado traslado de las dos demandas al Congreso, al Senado y al Gobierno, que disponen de un plazo de 15 días para personarse y formular las alegaciones que estimen oportunas.

De hecho, el Tribunal ya tiene sobre la mesa la aplicación de esta reforma tras la impugnación por parte del Gobierno de la creación por el Parlamento de Cataluña de una Comisión de Estudios para la puesta en marcha del proceso de desconexión con España.

El recurso admitido ahora a trámite fue interpuesto el pasado mes de diciembre por los gobiernos catalán y vasco. La primera fue la Generalitat, que cuestiona en su recurso que la reforma permita multar a cargos y empleados públicos que incumplan sus resoluciones, mientras que la impugnación del Gobierno Vasco se centra en el hecho de que, en último término, la reforma permita al tribunal de garantías sancionar a quienes incumplan sus sentencias e intervenir en las autonomías, sin garantías".

La reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) se publicó en el BOE el pasado 17 de octubre tras ser aprobada en el Pleno del Senado con el voto a favor del PP y de UPN, la abstención de Ciudadanos y el voto en contra del PSOE, Entesa, CiU, PNV y el resto del Grupo Mixto.

REFORMA "EXPRES"

La reforma se aprobó de forma "expres" mediante una proposición de ley del PP en el Congreso, anunciada por el candidato de este partido a la Generalitat de Cataluña en las pasadas elecciones autonómicas del 27 de septiembre, Xavier García Albiol.

Tanto en el Congreso como en el Senado se tramitó por la vía de urgencia y en plazos muy cortos, 13 días en el caso de la Cámara Alta, donde es además la última ley aprobada en esta legislatura. Esta reforma ha sido muy criticada por toda la oposición, que la encuentra electoralista, cree que cambia la naturaleza jurídica del Tribunal Constitucional y que ha sido elaborada 'ad hoc' contra el presidente de la Generalitat de Cataluña.

La reforma permite al TC solicitar informe a quienes deban cumplir cada resolución y, si se agota el plazo sin que sea ejecutada, podrá imponer multas de 3.000 a 30.000 euros e incluso acordar la suspensión en sus funciones de las autoridades o empleados públicos que no cumplan.

Además, se podrá pedir al Gobierno central, incluso estando en funciones (fase en la que entrará el Ejecutivo el próximo 21 de noviembre), que adopte "las medidas necesarias" para asegurar la ejecución de la sentencia. Todo ello, sin perjuicio de que también se exijan responsabilidad por la vía penal.

Además, en los casos "de especial trascendencia constitucional", el TC, ya sea de oficio o a instancia del Gobierno, podrá adoptar esas medidas para ejecutar las sentencias sin oír a las partes. Después se habilitará un plazo de tres días para dar audiencia a los afectados y a la Fiscalía, tras los cuales el Alto Tribunal decidirá si ratifica o levanta esas medidas extraordinarias.

"NECESIDAD DE ADAPTARSE A LAS NUEVAS SITUACIONES"

La ley justifica en el preámbulo su aprobación por "la necesidad de adaptarse a las nuevas situaciones que pretenden evitar o soslayar" la efectividad de las resoluciones del TC, que "obliga a desarrollar los instrumentos necesarios para que la garantía de efectividad sea real".

La reforma desarrolla las funciones de auxilio jurisdiccional de forma que el TC pueda acometer la ejecución de sus resoluciones "bien directamente o bien a través de cualquier poder público", se indica en el preámbulo de la ley. Informó Europa Press.

Queremos saber tu opiniónNombreE-mail (no será publicado)ComentarioLA LEY no se hace responsable de las opiniones vertidas en los comentarios. Los comentarios en esta página están moderados, no aparecerán inmediatamente en la página al ser enviados. Evita, por favor, las descalificaciones personales, los comentarios maleducados, los ataques directos o ridiculizaciones personales, o los calificativos insultantes de cualquier tipo, sean dirigidos al autor de la página o a cualquier otro comentarista.
Introduce el código que aparece en la imagencaptcha
Enviar
Scroll