SEGUNDO.- En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:
"PRIMERO.- Dª Amanda, ha venido prestando servicios por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección del D. Gervasio, con antigüedad de 15/06/2013, ostentando la categoría profesional de Oficial 1ª Peluquería y percibiendo un salario mensual bruto de 1.415,70 euros, con prorrata de las pagas extras.
SEGUNDO.- En fecha 20/04/2021, Dª Amanda causó baja médica, continuando a fecha de 06/07/2021 continuaba de baja médica:
Partes Médicos Proceso Duración estimada
La actora padece Transtorno Adaptativo Ansioso (F43.2) con Escala de Hamilton para la Ansiedad: 11 puntos (ansiedad leve); Escala de Depresión de Hamilton: 8 puntos (depresión ligera), motivada por su mala relación con compañera de trabajo desde hace 03/04 años, que es irrespetuosa, maleducada, contestona. Tras varias reuniones con el Jefe Sr. Gervasio, éste le daba la razón pero no aplicaba el protocolo de riesgo psico-social. Sintomatología diaria: angustia, ansiedad, presión en el pecho, sensación de falta de aire, dolor de cabeza, irritable, deseos de no salir de casa al econtrarse segura; dificultad para hacer las cosas domésticas y de relacionarse, sueño irregular, agotamiento físico y mental, tristeza, incomprensión, retos de superación rápidamente deshechos.
El día 21/04/2021 la pareja de la actora, D. Serafin llevó el parte de baja a la empresa junto con las llaves de la tienda, siendo rechazado por el empresario D. Gervasio. Por ello decidió llevarlo a la Gestoría de la empresa, donde trabaja desde hace más de 15 años la esposa del empresario, y allí habló con la Gestora Dª Julieta, quien le advirtió que le estaba entregando una parte de baja médica de fecha del día siguiente, 21/04/2022. Advertido del error, reclamó la modificaciòn al CAP, siendo corregido de inmediato, y entregado el correcto a la Gestoría.
(Partes de Baja y confirmación de baja médica, folios 36-40., Informe de Psiquiatría del Centro Saice de 05/21 y de Serveis de Salut Integrats-ICS del Baix Empordà de 05/21 y 06/21, Folios 14-16; parte de baja médico erróneo de 21/04/2021, aportado por la empresa, Folio 118; Testifical de D. Serafin y Dª Julieta.)
TERCERO.- En fecha de 20/04/2021, la Gestora Dª Julieta trató de introducir la baja médica en el sistema IDCTGSS y el sistema no se lo permitía, puesto que la baja médica estaba errónea.
Subsanada, la Gestora citada, siguiendo las instrucciones del empresario dio de baja voluntaria a la actora.
(IDC-TGSS, folio 119; Testifical Dª Julieta
CUARTO.- En fecha de 21/04/2021, sobre las 16:12, la actora habló con la Gestora Dª Julieta para informarle que no había solicitado la baja voluntaria, a lo que la Gestora citada le informaba de lo contrario y que podía venir a buscar la documentación a la empresa.
(Factura de Teléfono de la actora, Folios 45-51; Testifical Dª Julieta.)
QUINTO.- En fecha de 23/04/2021, la Gestora Dª Julieta siguiendo instruciones de D. Gervasio, envió Burofax fechado a 22/04/2021, que se da por reproducida, y por la que procedía a dar de baja laboral a la actora Dª Amanda según sus propias instrucciones de solicitud de Baja Laboral del día 20/04/2021 a las 12:00 horas.
La actora lo recibió en fecha de 26/04/2021.
(Carta de la empresa, Folio 115.)
SEXTO.- En la peluqueria el ambiente entre las compañeras de trabajo que ejercen de peluqueras es de tensión y está enrarecido entre la actora y el resto del personal, con una compañera de trabajo nueva, consistente en miradas, bloqueos personales no dirigiéndose la palabra, enfados, discusiones, desacuerdos con el reparto de la propina, desacreditaciones antes clientas. En una ocasión el empresario las echó todas de la tienda para calmar los ánimos un día a las 12:00 h. de la mañana. Una trabajadora que llevaba más de 14 años, solicitó la baja voluntaria por no poder soportar ese ambiente.
En las conversaciones de la actora con compañera de trabajo de confianza, Dª Virginia, ésta le manifestó que a ella no le causaba tanto desasosiego y la animaba constantemente. En varias ocasiones, la actora se sinceró en conversación privada y espontánea que deseaba irse durante los últimos dos/tres meses. Finalmente, el día 20/04/2021 se lo volvió a manifestar informándole que así lo haría a a las 12:00 horas y que "ho tinc claríssim".
(Testifical de Dª Virginia; conversación de Wharts ' App entre actora y testigo, Folio 116-7.)
SÉPTIMO.- En fecha 27/04/2021 se presentó ante el CMAC papeleta de conciliación frente al D. Gervasio, celebrada como intentando sin efectos por incomparecencia el día 17/05/2021 (Autos digitalizados).
OCTAVO.- La parte actora no ostenta la condición de representante legal, ni nunca ha ostentado en el último año la condición ni de delegado de personal, ni de delegado sindical en la empresa demandada (no controvertido)."