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El proyecto de Real Decreto regula las armas acústicas y de salvas, dado el elevado riesgo de su transformación en verdaderas armas de fuego y su utilización en la comisión de infracciones penales, y las armas de alarma y señales, a fin de evitar su transformación para que puedan lanzar un perdigón, una bala o un proyectil por la acción de un combustible propulsor.

También prevé la mejora del régimen de la inutilización de las armas de fuego, introduciendo una categoría y estableciendo nuevas previsiones a fin de asegurar que dicha operación se efectúa correctamente, evitando la posible reactivación del arma; la inclusión de nuevas armas como prohibidas con motivo del riesgo que suponen para la seguridad ciudadana; y la ampliación de los supuestos en los que las empresas de seguridad privada podrán disponer de armas de guerra.

Asimismo, a fin de vincular las armas con sus propietarios en todo momento, se precisan los datos de éstas y de sus titulares en los registros de armas, y por motivos de trazabilidad, se prevén plazos de conservación de dichos datos y de su acceso por las autoridades competentes.

Pueden acceder al Proyecto íntegro en ESTE ENLACE.

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