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Los certificados emitidos por la “WayBack Machine” de “Internet Archive” constituyen un medio probatorio válido sobre el contenido de una página web en un momento concreto. Así lo ha declarado la Audiencia Provincial de Zaragoza en su sentencia de 31 de mayo de 2019 (R.º 763/2018 (LA LEY 76012/2019)).

Es cada vez más frecuente la aportación a juicio del contenido de páginas web, como elemento probatorio que sustente una pretensión o la oposición a la misma. Una aportación amparada en el artículo 299.2 de la LEC (LA LEY 58/2000), según el cual se admitirán como medio de prueba, “los medios de reproducción de la palabra, el sonido y la imagen, así como los instrumentos que permiten archivar y conocer o reproducir palabras, datos, cifras y operaciones matemáticas llevadas a cabo con fines contables o de otra clase, relevantes para el proceso."

Sin embargo, esta prueba se enfrenta a la volatilidad de los contenidos alojados en Internet, que hace muy difícil poder saber con certeza lo que una determinada página publicaba en una concreta fecha. Y es que la Red es un ser vivo, cuyos contenidos se actualizan en muchos casos de forma diaria, sustituyendo a los anteriores. Algo que puede dificultar la prueba del contenido de un sitio en un momento temporal anterior.

Para solventar esta dificultad, el servicio Wayback Machine de Internet Archive (https://web.archive.org/), un grupo estadounidense sin ánimo de lucro, permite acceder a las versiones archivadas de una gran cantidad de páginas web a lo largo del tiempo, una herramienta que la AP Zaragoza considera perfectamente válida para acreditar dicho contenido, por tratarse de un “tercero imparcial” del todo confiable. Internet Archive tiene como objetivo crear un archivo de webs accesible de forma instantánea, similar a una biblioteca y que desde su creación en 2001 ha recogido en su base de datos alrededor de 333 billones de páginas.

Acreditación de la falta de novedad de una patente

En el asunto resuelto por la AP Zaragoza, la empresa demandante alegó que un tercero había patentado un producto que carecía del requisito de la novedad, porque la idea ya había sido incorporada por ella a un producto incluido en el catálogo publicado anteriormente en su web corporativa.

El escollo procesal residía demostrar que durante un tiempo su web corporativa publicó dicho catálogo con la patente en cuestión si la página ya no existía.

A estos efectos la demandante presentó un informe de Wayback Machine que incluía capturas de pantalla (o “pantallazos”) de la web en el momento en el que el producto se comercializó. El informe vino acompañado de un certificado firmado por el responsable de The Internet Archive, que aseguraba que el contenido de la web en cuestión en la fecha indicada era exactamente el de los informes de Wayback Machine.

En primera instancia la demandada tildó la prueba de poco fiable y el juzgado le dio la razón, desestimando la pretensión actora. Pero la Audiencia de Zaragoza aceptó esta prueba y estimó la totalidad de la petición de la demandante en apelación.

Medio de prueba aceptable

En su sentencia la Audiencia señala que “un medio para acreditar la existencia de contenidos en Internet es acudir a terceros fiables que copian contenidos de otros sitios web, como Google, Yahoo y otros buscadores, que guardan cachés de los sitios que indexan y que permiten acceder a los contenidos de páginas que han cambiado o que ya no están en el sitio original”. El problema, añade a continuación, “es que estos cachés tienen una duración muy limitada”, por lo que no sirven para acceder a información “modificada o borrada”, sino a información actual.

Por ello, continúa, “una solución mejor es consultar la WayBack Machine (Máquina del Tiempo), creada por la organización sin fines de lucro ‘The Internet Archive’ domiciliada en San Francisco, Estados Unidos”.

Según la Sala, “WayBack Machine utiliza un software que guarda copias de la mayoría de los sitios web de cierta importancia existentes en Internet. No se trata de un caché como el de los buscadores pues su objetivo no es facilitar el acceso a información actual sino modificada o borrada. Un símil fácil de entender es el de una biblioteca en la que se pueden leer periódicos antiguos”.

Por ello, “este sitio puede ser considerado un tercero imparcial por cuanto carece de vínculo con las partes, es gratuito, lo que excluye cualquier tipo de interés, y funciona de manera automática, lo que evita posibles manipulaciones”. Un criterio ratificado por la Cámara de Recursos, que “ha admitido la validez de documentos obtenidos a través de esta herramienta” en su resolución T286/10 (donde se señala que “el hecho de que un documento haya estado archivado por Internet www.archive.org en una determinada fecha, salvo circunstancias particulares que pudieran ser sospechosas, constituye por sí mismo una presunción suficiente de que el documento fue accesible al público en el día en que se guardó”).

En consecuencia, concluye la sentencia, dado que en el caso “se ha aportado además de una declaración jurada del administrador de ‘The Internet Archive’ que certifica la autenticidad de las correspondientes páginas webs aportadas a los autos, un acta notarial que da fe de que las referidas páginas han sido consultadas por el notario a través de WayBack Machine”, “la Sala considera que las referidas páginas se corresponden con las publicadas en Internet en las fechas que se indican”.

Y por ello concluye que su contenido “se corresponde con el producto” que la actora comercializaba antes de la fecha de solicitud de la patente de la demandada.

Patentes, calumnias y publicidad engañosa

Existe un gran número de situaciones donde WayBack Machine puede resultar de ayuda para probar hechos en un juicio. Por ejemplo, puede ser utilizado para demostrar que en un diario web se produjo una difamación en un día en concreto pero que ya no es accesible. O que en un portal se vendieron durante un periodo de tiempo productos ilegales. O también para demostrar la existencia de una vulneración de derechos de autor, o incluso para demostrar la existencia de una relación laboral a través de fotos corporativas que ya no existen.

Aceptado a nivel internacional

Aunque aún no es común, no es la primera vez que este portal es utilizado como medio de prueba válida en los tribunales españoles. De hecho, su uso como herramienta probatoria ha sido avalada por la Oficina de Patente europea en una relevante resolución, la T286/10. En ella indica: “Aunque la cámara no niega que puedan surgir dudas acerca de las entradas individuales en el archivo Internet, considera que el archivo presenta garantías suficientes para hacerse beneficiario de una presunción de ser una fuente de información fiable y de confianza”.

En todo caso, la mera acusación de no fiabilidad no es suficiente para desmontar esta prueba, advierte la Cámara. En este sentido, está “a cargo de la parte contraria” aportar, en función del caso, “los elementos que permitan arrojar dudas acerca de esta presunción de fiabilidad y por ello destruir esta presunción”.

También se ha aceptado Wayback Machine como medio probatorio en el caso ventilado en la Audiencia Provincial de Barcelona de 12 de marzo de 2018 (LA LEY 15738/2018), de nuevo para un caso sobre patentes. Sin embargo, fue denegada como prueba suficiente por el mismo tribunal en un caso de publicación ilícita de imágenes personales, de sentencia de 24 de enero de 2018 (texto disponible aquí (LA LEY 4996/2019)).

En cuanto a otras jurisdicciones, en Estados Unidos se ha aceptado como prueba también siempre acompañado del certificado del gestor del portal (Novak v. Tucows, 2007 o United States v. Gasperini, 2018).

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