Carlos B Fernández. El Comité Económico y Social de la Unión Europea (CESE) ha aprobado por práctica unanimidad su dictamen “La tecnología de cadena de bloques y de registros distribuidos: una infraestructura ideal para la economía social”, en el que se concluye que “las aplicaciones operativas de las tecnologías de cadena de bloques pueden mejorar de forma significativa los resultados de las organizaciones de la economía social, aportando beneficios para dichas organizaciones, sus socios y, sobre todo, los usuarios finales”, mejorando el cumplimiento de sus fines e incrementando su capacidad para generar un impacto social positivo y promover la innovación social.
Recordemos que según la Ley 5/2011, de 29 de marzo (LA LEY 5815/2011), de economía social, forman parte de este conjunto empresarial diverso las cooperativas; las sociedades laborales; las mutualidades; los centros especiales de empleo; las empresas de inserción laboral; las cofradías de pescadores; las asociaciones vinculadas al movimiento de la discapacidad y de la inserción de personas en exclusión y las fundaciones de economía social.
Estas entidades se caracterizan por dar primacía a las personas y al fin social sobre el capital; aplicar los resultados obtenidos en función del trabajo aportado o la actividad realizada por sus socios o miembros y, la promoción de la solidaridad interna y con la sociedad.
Aplicaciones de blockchain a la economía social
El CESE reconoce en las organizaciones de la economía social una base cultural y metodológica centrada en formas de gobernanza abierta y compartida, destinadas a mantener un alto nivel de transparencia y participación de todos los ciudadanos en el desarrollo que estas nuevas tecnologías pueden generar.
Por ello, según el dictamen, del que ha sido ponente el italiano Giuseppe GUERINI, se pueden imaginar muchas aplicaciones operativas de las tecnologías de cadena de bloques para las organizaciones de la economía social:
- Segurizar y hacer trazables las donaciones y recaudación de fondos por estas entidades
Blockchain permite aumentar el nivel de transparencia y de confianza de estas operaciones, por lo que puede utilizarse fácilmente para hacer seguras y rastreables las donaciones y recaudaciones de fondos, de forma que, por ejemplo, un donante que financia una ONG podría seguir el flujo y el destino de los recursos que ha donado. Por otra parte, la ONG podría dotarse de un dispositivo que permita rendir cuentas en detalle de cada flujo de gasto, garantizando así que los recursos invertidos se emplean en efecto para los fines previstos.
- Segurizar y hacer rastreables las operaciones de gestión de la gobernanza asociativa (consulta a los socios y operaciones de voto), facilitando la participación incluso cuando los socios se encuentran en territorios descentralizados o son tan numerosos que dificultan el debate asambleario tradicional.
- Gestión de la financiación participativa entre los socios y de los sistemas complementarios de pago útiles para las operaciones de microcrédito destinadas a personas no financiables, o para la gestión de las redes de microinversión ética en favor de circuitos de la economía comunitaria.
- Autentificar las actividades de producción cultural, desde la formación a las artes, realizadas por organizaciones de la economía social, incluyendo hacer más claros y seguros los derechos de propiedad intelectual y los derechos de autor y los «contratos inteligentes» en la transferencia de contenidos.
- Certificación de competencias en el sector de la formación y la educación, garantizando la seguridad de los títulos de estudio y diplomas en formato digital, o emitir certificados digitales que actualicen de forma automática el currículo de los trabajadores o los estudiantes.
- Tratamiento de pacientes y asistencia social, tanto para el almacenamiento seguro de los datos y la información, como para el acceso y la identificación de las personas atendidas.
- Identificación y trazabilidad de los productos de las cooperativas agrícolas
- Reducción del despilfarro y la recogida y tratamiento selectivo de los residuos.
- optimizar la red de distribución de las cooperativas de producción de energía renovable
Con todo, el CESE subraya que conviene recordar, en todo caso, que las tecnologías de registros distribuidos garantizan la confianza entre socios dispuestos a colaborar y certifican sobre todo transacciones, no el contenido ni la calidad de lo que está incluido en las cadenas de bloques. Por lo tanto, continúa, “aunque algunas evaluaciones optimistas de esta tecnología la definen como un nuevo vector de confianza, debe quedar claro que la tecnología no puede ser un sustituto de la lealtad y la confianza entre las partes”.
Conclusiones
Por todo ello el CESE:
- Apoya las actividades propuestas por la Comisión Europea para desarrollar una Asociación Europea de Cadena de Bloques a partir del Observatorio y foro de la cadena de bloques de la UE.
- Anima a las instituciones a que favorezcan la participación de las organizaciones de la sociedad civil en este Observatorio y esta Asociación, pues resulta evidente que un desarrollo positivo de la cadena de bloques y las nuevas infraestructuras digitales no es solo una cuestión de tecnologías informáticas, sino que representa un auténtico proceso de innovación social disruptiva.
- Pide a las autoridades públicas que garanticen que la tecnología de cadena de bloques se desarrolla dentro del respeto de las normas en materia de tratamiento de datos personales y de ciberseguridad, prestando atención a los riesgos de acaparamiento o uso indebido de los datos de los ciudadanos y las empresas.
Iniciativas europeas de impulso de blockchain
Lla Comisión Europea y muchos Estados miembros han puesto en marcha una Asociación Europea de Cadena de Bloques, pues, para ara Europa, y en el contexto actual de competencia internacional, tiene importancia estratégica no perder terreno en el desarrollo de todas las tecnologías digitales, fomentando y promoviendo la colaboración entre los distintos actores públicos y privados a fin de crear una infraestructura europea de la cadena de bloques.
El Parlamento Europeo también expresó su opinión sobre estas cuestiones en sus Resoluciones 2017/2772 (RSP) y 2018/2085 (INI), pidiendo a la Comisión que promueva una evaluación del impacto social de la tecnología de registros distribuidos.
Igualmente importante fue la puesta en marcha, el 1 de febrero de 2018, del Observatorio y foro de la cadena de bloques de la UE (EU Blockchain Observatory and Forum), creado por la Comisión Europea, que ha publicado ya varios informes temáticos .