Consulta Vinculante V1981-19, de 31 de Julio de 2019 de la SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas (LA LEY 2123/2019)
Una entidad en situación de concurso de acreedores debe presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la fecha del asiento de cancelación.
El período impositivo de la entidad concluye cuando la sociedad se extinga, y la fecha de la extinción de la sociedad es la fecha en que se inscriba en el Registro Mercantil su extinción y cancelación, pero en la medida en que los efectos de la inscripción de estos actos se retrotraen a la fecha del asiento de presentación de la escritura que los documenta, se considera como fecha de la inscripción la fecha del asiento de presentación.
Normativa aplicada: arts. 7, 27 y 124 LIS.
Sigue leyendo este artículo y accede al resto de contenidos exclusivos del Diario la Ley
Accede al resto de contenidos exclusivos del Diario la Ley
¿No tienes cuenta?
Si ya eres cliente accede a través del siguiente enlace: