Consulta Vinculante V2320-19, de 9 de Septiembre de 2019, de la SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos (LA LEY 2503/2019)
Una sociedad mercantil local, dependiente de un Ayuntamiento, no está exenta de abonar la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social.
La exención de la tasa judicial se extiende a los organismos públicos dependientes de las Entidades Locales, y para que la sociedad consultante pueda ser considerada como organismo público, debe darse alguna de las siguientes circunstancias: que la entidad local, sus entes dependientes, vinculados o participados por la misma, participen en su capital social, directa o indirectamente, de forma mayoritaria; que cualquier órgano, organismo o sociedad mercantil integrante o dependiente de la entidad local, disponga de derechos de voto mayoritarios en la sociedad, bien directamente, bien mediante acuerdos con otros socios de esta última; que cualquier órgano, organismo o sociedad mercantil integrante o dependiente de la entidad local, tenga derecho a nombrar o a destituir a la mayoría de los miembros de los órganos de gobierno de la sociedad, bien directamente, bien mediante acuerdos con otros socios de esta última; o que el administrador único o la mayoría de los miembros del consejo de administración de la sociedad, hayan sido designados en su calidad de miembros o consejeros por la entidad local, organismo o sociedad mercantil dependientes de la entidad local.
Las sociedades mercantiles locales no tienen la consideración de organismos públicos –condición reservada a los organismos autónomos, entidades públicas empresariales y agencias estatales–.
La interpretación literal de la LOFAGE (LA LEY 1292/1997) y de la LRJSP (LA LEY 15011/2015) excluye la condición de organismo público para las sociedades mercantiles en el ámbito del sector público estatal, y por ello, no están exentas de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social.