Juzgado de Instrucción nº 3 Gandía, Sentencia 75/2020, 26 Mar. Proc. 515/2020 (LA LEY 10030/2020)
Empiezan a dictarse sentencias por incumplir el Estado de Alarma declarado por la crisis del COVID-19.
Una de ellas es la reciente sentencia dictada por un Juzgado de Gandía que impone la pena de 4 meses de prisión por un delito de desobediencia a un ciudadano que ya había sido sancionado en vía administrativa por pasear sin causa justificada.
Requerido por agentes del Cuerpo Nacional de Policía, debidamente uniformados del motivo de estar en la vía pública, a lo que el acusado guiado por el ánimo de menoscabar el principio de autoridad respondió chulescamente diciéndoles que no se dirigía a ningún lado en concreto, simplemente estaba paseando por que estaba cansado de estar en casa, añadiendo que le no le importaba que la Policía le diera avisos todos los días y que él continuaría saliendo a la calle cuando quisiera y se negaría a pagar las sanciones que le impusieran y que ya le habían sancionado por hechos similares en cuatro ocasiones en los últimos días, negándose además a obedecer en reiteradas ocasiones las órdenes de los actuantes y presumiendo ante los agentes de que no regresaría a su domicilio.
Seguido juicio rápido y admitidos los hechos por el acusado, se reduce en un tercio la pena por el Ministerio Fiscal quedando como se ha dicho en 4 meses de prisión, que no obstante se suspende en cuanto a su ejecución por un periodo de dos años siempre que durante este tiempo el condenado no vuelva a delinquir.