Cargando. Por favor, espere

Juzgado de lo Social nº 2 Vigo, Sentencia 3 Sept. 2020. Proc. 213/2020 (LA LEY 108953/2020)

La sentencia decide aplicar el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LA LEY 16531/2015), y reconoce el incremento del 5% de la prestación contributiva de jubilación, a un pensionista varón.

La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019 (asunto C-450/2018 (LA LEY 175417/2019)) declaró que no es lícito limitar el reconocimiento del derecho a un complemento de pensión solo las mujeres que hayan tenido al menos dos hijos biológicos o adoptados y sean beneficiarias de pensiones contributivas de incapacidad permanente en cualquier régimen del sistema de Seguridad Social nacional, y negarlo a los hombres que se encuentren en una situación idéntica.

Esta limitación no se basa en una justificación objetiva y razonable, y encerraría una discriminación positiva en favor de las mujeres por las dificultades que habitualmente tienen en su carrera en relación con los hombres.

Aunque el artículo 157 TFUE (LA LEY 6/1957), apartado 4, establece que un Estado miembro puede mantener o adoptar medidas que ofrezcan ventajas concretas destinadas a facilitar al sexo, el artículo 60, apartado 1, de la LGSS (LA LEY 16531/2015), se limita a conceder a las mujeres un plus en el momento del reconocimiento del derecho a una pensión, entre otras de invalidez permanente, incluso sin aportar remedio alguno a los problemas que pueden encontrar durante su carrera profesional, de manera que en la forma en la que está previsto el complemento no parece destinado a compensar las desventajas a las que estén expuestas las mujeres ayudándolas en su carrera y garantizando en la práctica una efectiva igualdad entre hombres y mujeres en la vida profesional.

Al aplicar el Juzgado la sentencia del TJUE, estima la demanda y reconoce el complemento de la pensión de jubilación al beneficiario, - que tiene dos hijos-, y con efectos económicos desde 3 meses antes de la solicitud.

Scroll