El Gobierno de la Generalidad de Cataluña decidió el pasado viernes 15 de enero dejar sin efecto, debido a la pandemia, la celebración de elecciones al Parlamento autonómico, prevista para el próximo 14 de febrero por el Decreto 147/2020, de 21 de diciembre (LA LEY 25525/2020), de disolución automática del Parlamento de Cataluña y de convocatoria de elecciones.
Así, el Decreto 1/2021, de 15 de enero (LA LEY 387/2021), ha previsto que los comicios se convoquen para que tengan lugar el día 30 de mayo de 2021, pero condiciona esta nueva fecha al «previo análisis de las circunstancias epidemiológicas y de salud pública y de la evolución de la pandemia», con la deliberación previa del Gobierno.
No obstante, impugnada judicialmente la norma, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha acordado su suspensión cautelar mediante autos de 19 de enero de 2021 (rec. 121/2021 (LA LEY 33/2021) y rec. 138/2021 (LA LEY 34/2021)).
Justificación de la medida
Entiende el Ejecutivo catalán que, si bien la duración de las medidas adoptadas para hacer frente a la pandemia no llega al día de la votación, es un hecho notorio que en el momento actual los contagios de la COVID-19 se han acelerado, con una elevada probabilidad de que la actual situación de la pandemia se prolongue más allá del 14 de febrero de 2021.
Así las cosas, las circunstancias sanitarias impiden garantizar las condiciones para el desarrollo de un proceso electoral en libertad, ya que la ciudadanía no podría asistir libremente a los actos de precampaña, campaña electoral y votaciones. A juicio del Govern, el riesgo de contagio puede alterar la decisión de ir o no a votar y provocar que el resultado final no responda a la voluntad de la colectividad si las personas contagiadas, en cuarentena, vulnerables o ubicadas en determinados ámbitos territoriales no pueden desplazarse para ir a votar.
Entrada en vigor y suspensión cautelar
El Decreto 1/2021, de 15 de enero (LA LEY 387/2021), entró en vigor el 16 de enero de 2021, el mismo día de su publicación, tanto en el Boletín Oficial del Estado como en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, pero ha sido suspendido cautelarmente mediante autos del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 19 de enero de 2021 (rec. 121/2021 (LA LEY 33/2021) y rec. 138/2021 (LA LEY 34/2021)).