El Senado ha incorporado la prohibición de los desnudos integrales y exploraciones genitales para la determinación de la edad de los menores migrantes a la Ley de protección a la infancia frente a la violencia, que se ha aprobado de forma definitiva, según ha informado Europa Press. Asimismo, se incorpora a la norma la prohibición del uso de la contención mecánica en los centros de menores, aunque finalmente no se ha llegado a acuerdo para suspender los desahucios de familias con menores y tampoco se incluirá la prohibición de la entrada de los niños y niñas a espectáculos taurinos.
En concreto, sobre la determinación de la edad de los menores extranjeros, señala que cuando no pueda ser establecida la mayoría de edad de una persona, será considerada menor de edad a los efectos de lo previsto en esta ley, en tanto se determina su edad y añade que no podrán realizarse en ningún caso desnudos integrales, exploraciones genitales u otras pruebas especialmente invasivas.
También se introducirá la prohibición del uso de contención mecánica de las personas menores de edad, entendida como la sujeción a una cama articulada o a un objeto fijo, en los centros de protección a la infancia y la adolescencia.
Además, se ha pactado incluir la obligación de requerir la autorización expresa de los progenitores para difundir la imagen de un menor fallecido, con el objetivo de evitar casos como el de Gabriel Cruz, asesinado por la expareja de su padre. La madre del pequeño denunció el uso “cruel” de la imagen de su hijo después de haber fallecido.
Asimismo, se ha acordado que, en los casos en que un menor de 14 años o persona con discapacidad necesitada de especial protección deba intervenir como testigo en un procedimiento judicial, se practique prueba preconstituida -grabación del testimonio para evitar la revictimización del menor-, y que la autoridad judicial pueda acordar que la audiencia del menor se practique a través de equipos psicosociales que apoyarán al tribunal de manera interdisciplinar.
Igualmente, se creará un Consejo Estatal de Participación de la Infancia y de la Adolescencia, de modo que se garantice el ejercicio efectivo del derecho de participación de los niños y niñas en la formulación, aplicación y evaluación de planes, programas y políticas nacionales que les afectan.
En la actualidad los menores que son víctimas de un delito suelen enfrentarse a un periplo que les obliga a repetir en varias ocasiones lo que han vivido. Con la nueva ley, los menores realizarán una única declaración, a través de la prueba reconstituida. Ese será el método de trabajo del primer Juzgado especializado en Violencia contra la Infancia y la Adolescencia que entrará en funcionamiento en España el próximo 1 de septiembre, en el Juzgado de instrucción nº 3 de Las Palmas. Este proyecto piloto, cuya implantación coincide con la tramitación de la nueva ley, se podrá trasladar a todos los juzgados de España en dos años, tal y como adelantó a la Abogacía Española el magistrado, Tomás Luis Martín Rodríguez.
La Fundación Raíces ha celebrado que se hayan tenido en cuenta una de sus propuestas de enmiendas relativa a la determinación de la edad en esta nueva Ley. “Nos alegramos de que con esta Ley se de cumplimiento a las exigencias de Naciones Unidas y se prohíba expresamente la realización de desnudos integrales y la exploración de los genitales como prueba para evaluar la edad de los niños y niñas que llegan solos a España”.