El alto tribunal ha aplicado por primera vez la “discriminación refleja” que, como recogen el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos se produce cuando “una persona es tratada de forma menos favorable por causa de su vinculación con otra que posee uno de las características protegidas, pese a no poseer dicha característica”.
El empleado fue despedido el mismo día que comunicó el estado de gestación de su mujer. La sentencia condena a la compañía además a abonarle los salarios dejados de percibir desde entonces, así como una indemnización por daño moral de más de 6.000 euros.
Su abogado, Carlos Rodríguez Feijóo, valora esta sentencia de manera muy positiva, “ya que se ha repuesto el derecho a la igualdad y a no sufrir discriminación por razón de sexo”, subraya. “Su despido se produjo por el hecho del parto de su mujer y de todas las consecuencias que se podrían derivar del mismo, como permisos, bajas… “, añade.
El empleado comunicó a la empresa el estado de gestación de su mujer el 13 de abril y, el 22 de abril de 2020, el parto. La compañía lo despidió ese mismo día, “pero mediante un burofax recibido el día 24 de abril de 2020, dos días después”, afirma Rodríguez. “Esto es un indicio de que pudiera existir una conexión entre el parto y la decisión empresarial, al concurrir una inmediatez temporal”.
El Juzgado de lo Social Nº 2 de Ourense declaró improcedente la extinción contractual llevada a cabo por la empresa. Sin embargo, el TSJ gallego la ha calificado “de despido nulo por discriminación por asociación, también llamada discriminación refleja, por razón de sexo”. Contra el fallo que tiene fecha de 16 de abril, cabe recurso de casación.
“La empresa alegó para el despido un motivo disciplinario por rendimiento de trabajo”, informa el letrado. Sin embargo la sentencia concluye que “no se ha probado por parte de la empresa ningún incumplimiento o causa que haya podido amparar la decisión fuera de aquella vinculación con el parto”.
A raíz de esta sentencia, el abogado está recibiendo muchas consultas por parte de padres, no solo referente a despidos nulos que no se consideraron como tal en su día, sino relativas a permisos y al cobro del complemento de paternidad.