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Como consecuencia de la iniciativa de la Junta de Castilla y León de modificar la Ley reguladora del juego y de las apuestas de la comunidad autónoma, el Gobierno de la Junta ha decidido, mediante Decreto-Ley 3/2021, de 10 de junio (LA LEY 13264/2021), suspender la vigencia de lo dispuesto en los artículos 15.1 y 16.1 de la Ley 4/1998, de 24 de junio (LA LEY 3226/1998), respecto a las nuevas solicitudes que se presenten para el otorgamiento de autorizaciones de instalación de salones de juego y de casas de apuestas.

La suspensión tendrá una duración de veinticuatro meses o hasta la entrada en vigor de la ley que modifique la referida Ley 4/1998 (LA LEY 3226/1998), si ésta se produjera con anterioridad.

El texto recuerda que actualmente en la Comunidad de Castilla y León existen cuatro tipos de establecimientos específicos de juego y apuestas sometidos al régimen de intervención administrativa necesitando autorización administrativa previa para su instalación: Los casinos de juego, las salas de bingo, los salones de juego y las casas de apuestas.

Proliferación de salones de juego y casas de apuestas

El decreto-ley señala recuerda que el subsector de los salones de juego ha experimentado una fuerte expansión debido a la instalación de las denominadas zonas o córneres de apuestas dentro de estos establecimientos, lo que ha llevado a una creciente preocupación social debido al incremento de estos establecimientos y las denuncias sobre el aumento de los problemas de adicción.

Así, las autorizaciones de instalación de salones de juego y de casas de apuestas pasaron de 47 salones de juego existentes en 2015 a 131 salones de juego a fecha actual, y de 3 casas de apuestas existentes en 2015 a 19 casas de apuestas a fecha actual.

A diferencia de lo que ocurre con los casinos de juego y las salas de bingo, no existe para los salones de juego y las casas de apuestas una planificación que permita limitar su instalación en supuestos de saturación del mercado para salvaguardar razones de interés general.

En este sentido, los objetivos de la modificación que se pretende son las políticas de juego responsable y la protección de los consumidores, prestando especial atención a los menores de edad y a los colectivos más vulnerables o que presentan conductas compulsivas ante el juego y a las apuestas, sin olvidar la necesidad de otorgar seguridad jurídica a este sector económico empresarial.

Suspensión de nuevas autorizaciones

La modificación normativa que se va a emprender podría evidenciar la necesidad de extender las medidas planificadoras a aquellos establecimientos específicos de juego que en la actualidad no cuentan con una limitación de su número, como es el caso de los salones de juego y de las casas de apuestas.

En consecuencia, el Gobierno de Castilla y León considera necesario y urgente suspender la vigencia de lo dispuesto en los artículos 15.1 y 16.1 de la Ley 4/1998, de 24 de junio (LA LEY 3226/1998), respecto a las nuevas solicitudes que se presenten para el otorgamiento de autorizaciones de instalación de los salones de juego y de las casas de apuestas con el fin de atender a las mencionadas razones de interés general y, a la vez, evitar que la modificación de la normativa legal en la materia pueda verse frustrada con un incremento excesivo de solicitudes para este tipo de establecimientos.

Entrada en vigor

El Decreto-Ley 3/2021, de 10 de junio (LA LEY 13264/2021), entra en vigor el 11 de junio de 2021, el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

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