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La ley modifica la regulación existente para poder crear una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de un euro e introduce reformas para facilitar e impulsar la constitución de las mismas de forma rápida, ágil y telemática, a través del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE). La eliminación de la exigencia de 3.000 euros de capital social mínimo vigente hasta la fecha tiene por objeto promover la creación de empresas mediante el abaratamiento de sus costes de constitución y pretende, asimismo, ampliar las opciones de los socios fundadores respecto al capital social que desean suscribir en función de sus necesidades y preferencias.

La promoción del uso de la factura electrónica en operaciones entre empresas y autónomos es una medida para digitalizar las relaciones empresariales, reducir costes de transacción y facilitar la transparencia en el tráfico mercantil. Todas las empresas y autónomos deberán expedir y remitir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otras empresas y autónomos, constituyendo infracción administrativa el no ofrecer a los clientes la posibilidad de recibir facturas electrónicas y el no permitir el acceso a sus facturas a quienes hayan dejado de serlo y podrá ser sancionada con apercibimiento o multa de hasta 10.000 euros.

Contempla la eliminación de la sociedad limitada nueva empresa, ya que con el transcurso de los años, sus ventajas en cuanto a rapidez de constitución y la existencia de ciertos requisitos normativos se han visto superados por la aplicación del Documento Único Electrónico a la constitución de la sociedad limitada ordinaria.

Con el objeto de mejorar el funcionamiento de CIRCE se refuerza la obligación para todos los notarios, de estar disponibles en la Agencia Electrónica Notarial. También se recoge que la cita reservada sea vinculante para el notario, así como la obligación de que si por causa debidamente justificada el notario no estuviera en disposición de cumplir con la cita ponga esta circunstancia en conocimiento del Consejo General del Notariado y de CIRCE. La negativa injustificada a la prestación de funciones requeridas a través de la Agenda Electrónica Notarial ya constituye una infracción grave.

En el marco del Consejo Estatal de la PYME se regulará en el plazo de seis meses, el Observatorio Estatal de la Morosidad que realizará el seguimiento de la evolución de la morosidad en las operaciones comerciales y, que, en particular, desempeñará las siguientes funciones: seguimiento de la evolución de los periodos medios de pago y la morosidad en las operaciones comerciales; elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas comerciales, campañas de concienciación, formación e información, con el fin de contribuir a generar una cultura de pagos responsable; y seguimiento y aplicación de las directrices de la Unión Europea en esta materia y, en su caso, de las del Observatorio Europeo de la Morosidad.

Modifica:

La regulación de la facturación electrónica entre empresas y autónomos producirá efectos, para las empresas y autónomos cuya facturación anual sea superior a ocho millones de euros, al año de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y, para el resto de las empresas y autónomos, a los tres años de la citada publicación.

Pueden acceder al texto completo del Anteproyecto en ESTE ENLACE .

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