El Parlamento de Galicia ha aprobado, mediante la Ley 14/2021, de 20 de julio (LA LEY 17359/2021), una modificación de la Ley 11/2007, de 27 de julio (LA LEY 8542/2007), de prevención y tratamiento integral de la violencia de género, para incorporar en ella la protección frente a la violencia vicaria, es decir, aquélla que se ejerce sobre la mujer con el fin de causarle el mayor y más grave daño psicológico a través de terceras personas: hijos e hijas, madre, padre, pareja actual, etc.
De este modo, se reconoce como víctimas de violencia de género a las mujeres que tienen o tuvieron que padecer el homicidio, asesinato o cualquier otra forma de violencia ejercida sobre las hijas o hijos de la mujer o de cualquier otra persona estrechamente unida a ella, por parte de quien sea o haya sido su cónyuge o por quien mantuvo con ella una relación análoga de afectividad aun sin convivencia.
Además, con el fin de otorgar el estatuto de víctima de violencia de género a las mujeres que en el pasado sufrieron la violencia vicaria, se dará carácter retroactivo a la ley para que todas ellas sean reconocidas como víctimas de violencia de género y se les otorgue la protección que ese estatuto les ofrece, y que no fue otorgado en su momento por falta de aplicación de la perspectiva de género en los procedimientos llevados a cabo y por no entender la violencia vicaria como una manifestación de la violencia de género.
La Ley 14/2021 (LA LEY 17359/2021) entró en vigor el 29 de julio de 2021, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.