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Audiencia Provincial Asturias, Sentencia 264/2020, 8 Jul. Recurso 246/2020 (LA LEY 99862/2020)

La titular de un establecimiento dedicado al cuidado de mascotas formuló demanda de reclamación de indemnización contra la aseguradora de un perro que habían llevado a la tienda y que mordió a la demandante cuando le separó de otro perro con el que se estaba peleando.

La Audiencia Provincial de Asturias confirma la falta de responsabilidad de la dueña del perro y, por tanto, de la aseguradora de su responasbilidad civil.

La demandante admitió en su establecimiento comercial, destinado a atención y aseo de mascotas, la custodia del animal como consecuencia del ejercicio de su actividad profesional.

Por este motivo, la Audiencia considera que asumió voluntariamente el riesgo que de dicha custodia pudiera derivarle.

Además, debiendo tenerse en cuenta que la responsabilidad que deriva del art. 1905 CC (LA LEY 1/1889) es atribuible al poseedor del animal y no al dueño del mismo, al estar el perro bajo la custodia de la demandante por su actividad profesional es evidente que es ella, y no su propietario, la verdadera y única responsable del accidente y quien debe asumir sus consecuencias, en tanto en cuanto deriva de un riesgo inherente al desarrollo de su propia empresa.

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