El Anteproyecto de reforma concursal, publicado por el Ministerio de Justicia en agosto de 2021, regula, entre sus novedades, el procedimiento especial para la insolvencia de microempresas. Se trata de un texto pendiente de tramitación parlamentaria y, por lo tanto, aún no vigente. En caso de prosperar, será aplicable en los casos de insolvencia de personas físicas o jurídicas con actividad empresarial, que tengan menos de 10 trabajadores y volumen de negocio anual (o pasivo) inferior a 2M €. Por lo tanto, según los expertos, se aplicaría en un porcentaje altísimo de casos.
Su previsión ha sido muy discutida porque, entre otras peculiaridades, elimina la necesaria representación del deudor mediante procurador y su defensa letrada, y desaparece también el nombramiento de administración concursal por defecto, contemplándose solo para algunos casos.
Te ofrecemos un esquema que recoge el diseño de las fases del procedimiento y sus características, tal y como aparecen en dicho texto. Para mayor utilidad, hemos destacado en rojo las numerosas referencias que el Anteproyecto realiza a diferentes formularios normalizados, cuya creación, al igual que la de la plataforma de liquidaciones que prevé la Disposición Adicional Quinta del Anteproyecto, debería ser previa a la puesta en marcha de este procedimiento especial para insolvencia de microempresas, pues su funcionamiento se sustenta en ellos.
Consigue el esquema del procedimiento especial para insolvencia de microempresas aquí.