AMPLIACIÓN DE VIGENCIA DE MEDIDAS DE APOYO A AUTÓNOMOS Y EMPRESAS
El Real Decreto-ley amplía la vigencia de determinadas medidas de apoyo a autónomos y empresas para garantizar su plena recuperación y viabilidad.
Se trata de seguir apoyando la recuperación y solvencia del tejido productivo para que las empresas puedan aprovechar el nuevo entorno de crecimiento económico.
El Real Decreto-ley aprobado amplía la vigencia de las Líneas de Avales, prorroga el régimen de autorización previa de determinadas inversiones extranjeras y extiende algunas medidas en el ámbito concursal.
Por otra parte, cabe señalar que, debido a la ampliación del Marco Temporal, se mantienen vigentes hasta el 30 de junio de 2022 los fondos de recapitalización de empresas gestionados por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) y COFIDES.
Ampliación de las Líneas de Avales
Los autónomos y empresas podrán acceder a financiación garantizada a través de las Líneas de Avales hasta el 30 de junio de 2022 para cubrir sus necesidades de liquidez o financiar sus proyectos de inversión.
Las Líneas de Avales puestas en marcha por el Instituto de Crédito Oficial han sido un instrumento clave para garantizar el mantenimiento del tejido productivo, especialmente durante los momentos más duros de la pandemia.
Desde la puesta en marcha de la Línea de Avales de Liquidez en marzo de 2020 por importe de 100.000 millones de euros y con la posterior aprobación de la segunda Línea de Avales para Inversión y Liquidez por importe de 40.000, se han garantizado hasta el 18 de noviembre de 2021, 1.137.891 operaciones y desplegado avales por importe de 101.945 millones de euros, que han permitido movilizar 133.975 millones de euros en financiación hacia el tejido productivo. A estas cifras hay que añadir los 1.385 avales formalizados que se ha destinado a garantizar 81 operaciones de empresas que cotizan en el Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) y que han movilizado 1.978 millones de euros.
El diseño, gestión y modelo de asignación de los avales han permitido que sean de las líneas más utilizadas en toda Europa y constituyen uno de los mayores y más eficaces ejemplos de colaboración público-privada.
Adicionalmente, se amplía hasta el 30 de junio de 2022 el plazo de reintegro por parte de las Comunidades Autónomas de los fondos no ejecutados de la Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas. De esta forma, las Comunidades dispondrán de un plazo adicional para resolver los recursos de las convocatorias ya cerradas.
Extensión de la suspensión del régimen de liberalización de inversiones extranjeras
El Real Decreto-ley amplía hasta el 31 de diciembre de 2022 la extensión de la suspensión del régimen de liberalización de las inversiones extranjeras, en determinados sectores, procedentes de países de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio en sociedades cotizadas en España o en sociedades no cotizadas, si la inversión es superior a 500 millones de euros.
La ampliación de la vigencia de esta medida tiene como objetivo proteger la seguridad, salud y orden público, así como garantizar la seguridad jurídica de los operadores económicos.
Medidas en el ámbito concursal
El Real Decreto-Ley aprobado establece también medidas en el ámbito concursal, ampliándose al ejercicio 2021 la medida excepcional establecida en la Ley 3/2020 de exclusión de los resultados a los efectos de la causa legal de disolución por pérdidas. Extiende, a su vez hasta el 30 de junio de 2022, la exención del deber del deudor que se encuentre en estado de insolvencia de solicitar la declaración de concurso y la no admisión a trámite de las solicitudes de concurso necesario que presenten los acreedores, con el fin de que las empresas viables en condiciones normales de mercado cuenten con instrumentos legales que les permitan mantener su actividad y el empleo y dispongan de un margen adicional para restablecer su equilibrio patrimonial en tanto se tramita la modernización del régimen concursal español.
El objetivo de esta reforma del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia es reorientar el marco concursal dotándolo de nuevos instrumentos para la reestructuración temprana de empresas viables, avanzando en la segunda oportunidad para empresarios que sean personas físicas y agilizando los procesos concursales, con el fin de evitar la destrucción de empleo y de tejido productivo.
PUNTOS DE RECARGA PARA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS EN GASOLINERAS
El Consejo de Ministros ha adoptado una nueva medida para impulsar la movilidad eléctrica, modificando la Ley 34/1998 (LA LEY 3779/1998), del sector de hidrocarburos para introducir más competencia al otorgar total libertad al titular de las estaciones de servicio abanderadas o franquiciadas a la hora de instalar un punto de recarga para vehículos eléctricos, impidiendo que se vincule al contrato de suministro en exclusiva que mantienen con los operadores y cuyo contenido y límites se regulan en la citada ley.
El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima tiene como objetivo disponer de cinco millones de vehículos eléctricos en 2030, y para 2023 se ha establecido la meta intermedia de que circulen 250.000 vehículos eléctricos. Para alcanzar estas cifras es necesario incrementar los puntos de recarga pública de alta capacidad, de modo que se evite la "ansiedad de autonomía" -el temor a que la batería del vehículo se descargue totalmente durante el trayecto-, que frena muchas decisiones de compra de este tipo de vehículos.
En este sentido, la Ley de Cambio Climático y Transición Energética (LA LEY 11370/2021) ya introduce la obligación de que las principales estaciones de servicio -con ventas anuales superiores a los cinco millones de litros- dispongan de puntos de recarga públicos.
Las estaciones de servicio pueden estar explotadas directamente por operadores petrolíferos, pueden ser independientes o pueden funcionar bajo un régimen de abanderamiento o franquicia que permiten a un minorista, normalmente una pyme, explotar la gasolinera en nombre y cuenta de un operador mayorista, por medio de un contrato de suministro en exclusiva de carburante.
Despliegue de la movilidad eléctrica
El contenido y limitaciones de estos contratos de suministro en exclusiva se encuentra regulado en el artículo 43 bis de la Ley 34/1998 (LA LEY 3779/1998), del sector de hidrocarburos, y su actual redacción no favorecía la competencia ni el despliegue de la red de puntos de recarga en nuestro país.
Hasta ahora, los titulares de estaciones de servicio abanderadas que debían instalar un punto de recarga, podían verse obligados a incluir el servicio de recarga dentro del contrato de suministro en exclusiva, lo que podía suponer una barrera para la implantación de puntos de recarga.
Pero con la medida aprobada hoy, se modifica este artículo 43 bis para incluir una nueva limitación al alcance de los contratos de suministro en exclusiva de carburantes que liguen a los mayoristas con estaciones de servicio abanderadas o franquiciadas para que no puedan incluir cláusulas de exclusividad en lo relativo a la prestación de servicios de recarga de vehículos eléctricos.
Con esta medida, por tanto, se eliminan barreras para el impulso de la recarga eléctrica, se facilita la consecución de los objetivos de descarbonización del sector transporte y se impulsa la industria de la automoción, que tiene un peso muy significativo en la economía española, en términos de valor añadido, exportaciones y empleo.
DECLARACIÓN DE INTERÉS GENERAL LA PROTECCIÓN Y RECUPERACIÓN DEL MAR MENOR
El Consejo de Ministros ha declarado de interés general del Estado determinadas obras de protección y recuperación ambiental del Mar Menor. Esta declaración de urgencia se justifica en la situación crítica que padece la laguna y permitirá iniciar de forma inmediata el desarrollo y ejecución de los proyectos urgentes y prioritarios para frenar y revertir el grave deterioro ecológico del entorno.
Estas obras están recogidas en el Marco de Actuaciones Prioritarias para recuperar el Mar Menor que la vicepresidenta y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, presentó el pasado 4 de noviembre en Murcia y que establece un esquema de proyectos e intervenciones destinados a recuperar la integridad biológica de la laguna.
Acción coordinada y decidida
Para revertir la situación de deterioro ecológico, entre otras medidas, resulta necesario dar un impulso decidido a las obras de protección y recuperación ambiental del Mar Menor. "La declaración de interés general de estas obras posibilita una acción coordinada y decidida, con unos principios orientadores comunes: la restauración del buen estado ecológico de la laguna mediante el restablecimiento de su dinámica natural, su restauración y renaturalización y la aplicación de soluciones basadas en la naturaleza", ha explicado la vicepresidenta Ribera.
Las obras que se declaran de interés general del Estado, que a su vez implica la declaración de utilidad pública y de urgencia, son:
a) Restauración de ecosistemas en franja perimetral del Mar Menor y creación del Cinturón Verde.
b) Restauración de emplazamientos mineros peligrosos abandonados y restauración de zonas afectadas por la minería en la zona de influencia al Mar Menor.
c) Renaturalización y mejora ambiental de las ramblas y creación de corredores verdes que doten de conectividad a toda la red de drenaje, en especial en las ramblas afectadas por la minería.
d) Renovación de la impulsión de la rambla del Albujón.
e) Actuaciones de corrección hidrológica y laminación de crecidas asociadas a las áreas de riesgo potencial significativo de inundación de la cuenca vertiente del Mar Menor.
Concretamente, la restauración de ecosistemas en la franja perimetral del Mar Menor y la creación del Cinturón Verde tienen como objetivo eliminar las afecciones directas y buscar un efecto tampón o amortiguador de impactos, así como una naturalización del entorno inmediato de la laguna. Al mismo tiempo, la renaturalización y mejora ambiental de las ramblas y de la red de drenaje general de la cuenca vertiente al Mar Menor está orientada a garantizar la funcionalidad del territorio, tanto en la respuesta frente a inundaciones como en la mejora de la biodiversidad y en el papel a jugar en la retención de nutrientes y otros compuestos, incluyendo la creación de corredores verdes asociados al Cinturón Verde, dotando así de conectividad a todo el sistema y red de drenaje del Campo de Cartagena.
Restauración minera
Por su parte, la restauración de emplazamientos mineros peligrosos abandonados y de zonas afectadas por la minería en la zona de influencia del Mar Menor tiene como objetivo evitar la contaminación de los suelos y el acuífero y evitar escorrentías superficiales de residuos mineros peligrosos que entren en el Mar Menor y deterioren su estado.
Con el fin de paliar la entrada de nutrientes por la rambla del Albujón, se va a renovar la impulsión, para alcanzar una explotación próxima a su capacidad hidráulica. Asimismo, el objetivo de las obras de mejora hidrológica y laminación de crecidas en la cuenca vertiente del Mar Menor es contribuir a minimizar el riesgo de inundaciones en los municipios ribereños, laminando además la entrada masiva de nitratos en la laguna para no alterar la proporción de agua dulce y salada.
Más de 380 millones de euros
El marco de Actuaciones Prioritarias para recuperar el Mar Menor cuenta con un presupuesto estimado en 382,25 millones de euros que se ejecutarán en distintas fases desde ahora hasta 2026, lo que representa el mayor esquema de actuaciones e inversiones del MITECO para la recuperación de un enclave natural específico. De ese total, 149,65 millones se concentrarán en los ejercicios presupuestarios 2022 y 2023.
El plan incluye un abanico de medidas a corto y medio plazo en áreas esenciales como la ordenación del dominio público hidráulico, la restauración ambiental del perímetro lagunar con soluciones 'verdes', la reducción de la carga contaminante de las aguas que acaban en la albufera con mejoras en saneamiento, depuración y gestión del riesgo de inundaciones, y de conservación de la rica biodiversidad marina y terrestre, entre otras de la decena de líneas de actuación previstas.