La política de cooperación para el desarrollo sostenible es parte de la acción exterior del Estado y, en el marco de ésta, se basa en los principios de unidad de acción del Estado en el exterior, de lealtad institucional, cooperación y coordinación entre Administraciones contemplados en la legislación vigente.
La política de cooperación para el desarrollo es también una competencia compartida con la Unión Europea, por lo que se desplegará conforme a los principios de coordinación, complementariedad y coherencia y en consonancia con los objetivos y estrategias adoptados en el marco de la Unión Europea.
Según se indica en la exposición de motivos, la norma tiene por objeto dar respuesta a los retos que exige la Agenda global de desarrollo, que no solo tiene una dimensión económica y social, sino también ambiental.
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