El Ministerio de Consumo, en su Anteproyecto de Ley de modificación del Texto Refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios pretende, a través de una nueva redacción del art. 82.1 TRLGDCU, someter a control de contenido o abusividad las cláusulas no negociadas individualmente relativas a los elementos esenciales del contrato, aun siendo transparentes. En el estudio «¿Hacia un [errático] control de abusividad de las cláusulas predispuestas relativas a los elementos esenciales de los contratos de consumo?», disponible en este enlace, Luis María Miranda Serrano ofrece una opinión crítica, exponiendo las razones de por qué considera dicho Anteproyecto errático.
En el número de enero de LA LEY Mercantil
, podrá encontrar además los siguientes contenidos:
Consumo. Estudios
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• ¿Hacia un [errático] control de abusividad de las cláusulas predispuestas relativas a los elementos esenciales de los contratos de consumo?, Luis María Miranda Serrano
Consumo. Estudios
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• La reforma en 2021 de la normativa de consumo por los Reales Decretos Ley 7 y 24. Transparencia, ejercicio de sus derechos por el consumidor y responsabilidad civil y administrativa, Alberto J. Tapia Hermida
Derecho de la competencia. Estudios
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• Acuerdos no poach y derecho de la competencia, Carmen Rodilla Martí
Derechos de la propiedad industrial e intelectual. Estudios
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• Mercados en línea como servicios de la sociedad de la información y servicios de venta al por menor: análisis de similitud de servicios y riesgo de confusión en derecho de marcas, Esther Gómez García
Sociedades. Reseña de actualidad
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• Reseña de actualidad: Sociedades
Mercado de valores. Reseña de actualidad
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• Reseña de actualidad: Mercado de valores
Derechos de la propiedad industrial e intelectual. Reseña de actualidad
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• Reseña de actualidad: Derechos de la propiedad industrial e intelectual
Derecho digital. Reseña de actualidad
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• Reseñas de actualidad: Derecho digital
Banca y seguro. Reseña de actualidad
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• Reseñas de actualidad: Banca y seguro
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