Consulta Vinculante V2808-21, de 16 de Noviembre de 2021, de la SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (LA LEY 3121/2021)
Una subvención recibida para la instalación de placas solares de autoconsumo en la vivienda habitual, concedida al amparo de la Orden de 23 de diciembre de 2016 (LA LEY 20626/2016), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el desarrollo energético sostenible de Andalucía, tributa en IRPF como ganancia patrimonial.
La obtención de las subvenciones constituye para el beneficiario una ganancia patrimonial, pues constituye una variación en el valor de su patrimonio puesta de manifiesto por una alteración en su composición (incorporación del importe dinerario de las ayudas) y no entra en ninguno de los supuestos de exención o no sujeción.
El importe de la ganancia será la cuantía dineraria de las subvenciones obtenidas, y se debe imputar al período impositivo en que tenga lugar su cobro.
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