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Resolución de 26 de enero de 2022 (LA LEY 895/2022), de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2022 (BOE 31-01-2022)

Materias afectadas:

  • Procedimiento de Inspección Tributaria.
  • Procedimiento de Recaudación.
  • Medidas contra el fraude fiscal.
Fecha de entrada en vigor: 31-01-2022
Aplicación: 01-01-2022

El Plan de Control Tributario del año 2022, aprobado por la Resolución de 26 de enero de 2022 (LA LEY 895/2022), se encuadra en el Plan Estratégico 2020-2023 que recoge la orientación de la actuación de la Agencia Tributaria e incluye las principales líneas estratégicas que seguirá la Agencia Tributaria en materia de asistencia, prevención y control del fraude tributario y aduanero.

Efectos de la Ley de medidas contra el fraude fiscal

A juicio de la Administración tributaria, el impacto de las medidas normativas contenidas en la Ley 11/2021, de 9 de julio (LA LEY 15852/2021), de lucha contra el fraude fiscal, junto con las de carácter preventivo y de control incluidas en el componente 27 del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, parecen estar dando los primeros frutos.

En este sentido, puede subrayarse el efecto positivo en la recaudación derivado de la publicación de la primera lista de deudores en la que se han aplicado los nuevos criterios, la reducción de las transacciones en efectivo frente a la generalización del uso de tarjetas de crédito propiciada no solo por las nuevas limitaciones normativas sino también por los cambios en el comportamiento social, el efecto disuasorio de las anunciadas medidas contra el software de doble uso, el efecto preventivo de la cesión de datos fiscales y las mejoras en la información que la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes para facilitarles la presentación de declaraciones sin errores ni omisiones y el carácter prioritario de las actuaciones de control contra la economía sumergida y la ocultación de ventas e ingresos.

Un Plan de control de estructura continuista

Las directrices del Plan de 2022 siguen la misma estructura que otro de los instrumentos de planificación de la Agencia Tributaria como es el Plan de Objetivos anual y giran en torno a cinco grandes pilares:

1. Información y asistencia.

2. Prevención de los incumplimientos. El fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude.

3. La investigación y las actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero.

4. El control del fraude en fase recaudatoria.

5. La colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas.

Apuesta por el cumplimiento voluntario, la mejora de la asistencia y la digitalización

La Agencia Tributaria impulsará el uso de las técnicas recomendadas por la OCDE de análisis del comportamiento del contribuyente para el fomento del cumplimiento voluntario. El planteamiento pasa por sistematizar la utilización de estas técnicas para la mejora del cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales desde la óptica de las comunicaciones con los contribuyentes y también de las aplicaciones informáticas de la Agencia.

Se pretende así consolidar nuevas técnicas de trabajo, más eficientes y menos gravosas para el contribuyente, favoreciendo que sean sus propias decisiones voluntarias, adoptadas con la debida información, las que determinen la mejora del cumplimiento fiscal.

La mejora de la asistencia llegará también mediante la consolidación y evolución de las Administraciones de asistencia Digital Integral (ADI), y también con un nuevo impulso a los asistentes virtuales, avanzando en el diseño del «Asistente censal» para las altas, bajas y modificaciones de información censal del contribuyente, pero también iniciando en el Impuesto sobre la Renta la línea seguida en los últimos años con los asistentes de IVA. Para ello, diseñará un asistente virtual en IRPF y ampliará las casillas de la declaración sobre las que se informará de posibles errores si son modificadas.

Se consolidará el «machine learning» (aprendizaje automatizado) en Renta Web para reducir los errores previsibles de los contribuyentes en la cumplimentación de su declaración, incrementando el número de casillas con mensaje informativo.

Por otro lado, se retomará la emisión de «cartas aviso» a contribuyentes que, a lo largo del tiempo, presenten determinados parámetros que apunten a un riesgo potencial de incumplimiento.

En el Impuesto sobre Sociedades, se extenderá la puesta a disposición de los contribuyentes de avisos generados durante la presentación, mientras que en IRPF se seguirá incrementando la información ofrecida en los datos fiscales y en el borrador de IVA aumentará el colectivo de contribuyentes a los que se ofrecerán los libros agregados, facilitando así la confección de la declaración del impuesto.

Asimismo, se impulsará, junto con pymes y autónomos, soluciones digitales a financiar con los fondos europeos para cumplir con la prohibición legal del ‘software’ de ocultación de ventas.

Control de los precios de transferencia

En cuanto al apartado dedicado al control de la fiscalidad internacional, destaca la «Estrategia 360» en materia de precios de transferencia (intragrupo) al objeto de interrelacionar los distintos procedimientos que puedan afectar a las operaciones vinculadas de un contribuyente concreto de forma que se asegure su complimiento tributario evitando controversias.

En el centro de dicha estrategia se encuentra el nuevo sistema automatizado de análisis de riesgos en precios de transferencia diseñado por la Delegación Central de Grandes Contribuyentes en colaboración con la Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional, que se encontrará plenamente operativo en 2022, aglutinando toda la información interna e internacional disponible en la materia, el cual se actualiza periódicamente con nuevas fuentes. Este sistema permitirá identificar las pautas de comportamiento de alto riesgo fiscal.

En relación con la lucha contra los territorios y regímenes favorecedores de conductas evasivas y elusivas, las actuaciones inspectoras velarán por la correcta aplicación de las normas «anti-paraíso» existentes en la normativa, pero a ello se añade a partir de ahora la información recibida en el año 2021 sobre el cumplimiento del requisito de actividad sustancial previsto en el desarrollo del proyecto BEPS.

Se trata de un nuevo intercambio impulsado por el Foro de prácticas fiscales perjudiciales de la OCDE mediante el cual territorios con un Impuesto de Sociedades inexistente, o con un tipo cero o muy bajo, ofrecen a los países de residencia de las matrices o de los beneficiarios efectivos finales información sobre entidades radicadas en esos territorios que realizan actividades fácilmente deslocalizables.

Junto con las habituales labores de análisis e investigación que realiza la Oficina Nacional de Investigación del fraude, la ONIF, así como el posterior control efectuado en las distintas áreas regionales sobre contribuyentes con patrimonios relevantes en materias, como la simulación de residencia fiscal en el extranjero, o la creación de estructuras de ocultación de rentas y patrimonios, la Unidad de Control de Patrimonios Relevantes dedicará parte de sus esfuerzos este año a dos ámbitos específicos de trabajo.

Asimismo, se ultimará la segunda fase de la herramienta creada para la detección automatizada de titulares reales de sociedades opacas tenedoras de inmuebles residenciales de alto nivel completándose con sociedades opacas, pero radicadas en España. Por otra parte, la Unidad implementará las herramientas necesarias para la explotación masiva de la nueva información procedente del Consejo General del Notariado.

Lucha contra la economía sumergida y comercio digital

Se reforzará la lucha contra el uso de sistemas de ocultación de ventas, de acuerdo con la prohibición legal establecida en la Ley Antifraude y se impulsarán de nuevo las personaciones en las sedes donde se realizan actividades económicas para combatir las conductas insolidarias de una parte muy reducida de contribuyentes que aprovechan la dificultad de contrastar datos sobre el volumen real de ingresos.

El plan de visitas incidirá en nidos de sociedades, incluyendo centros de coworking, y se retomarán las personaciones en sedes de actividad económica. Igualmente se analizarán Agrupaciones de Interés Económico que puedan ser meros ‘vehículos’ de beneficios fiscales.

Continuarán las comprobaciones en aquellos sectores o modelos de negocio en los que se aprecien altos niveles de economía sumergida, y especialmente de ámbitos en los cuales se utiliza el efectivo como único medio de pago aceptado, o en los que se pueda utilizar por encima de la limitación legal de las transacciones en efectivo, y se ampliará el colectivo de análisis de posibles contribuyentes no declarantes de IVA.

La Agencia incidirá también en el control de las transacciones que se realizan por comercio electrónico, así como en ciertos ámbitos de la propia economía digital; es decir, aquella que esencialmente se desarrollan a través de internet. En relación con las ventas online, se volverá a incidir en la identificación fiscal de sociedades no domiciliadas en España, pero que sí deben tributar por IVA por sus ventas a consumidores españoles.

A vueltas con las bases imponibles negativas

Para controlar el riesgo de minoración indebida de tributación en ejercicios futuros, continuará la tarea de comprobación de contribuyentes que han consignado reiteradamente en sus declaraciones bases imponibles negativas a compensar y deducciones pendientes de aplicar en el Impuesto sobre Sociedades.

El aprovechamiento de beneficios fiscales de forma indebida por parte de entidades carentes de actividad supone un riesgo que se pretende controlar. Por ello las Directrices hacen especial referencia a la utilización de estructuras asociativas como las Agrupaciones de Interés Económico. La Agencia incidirá en los supuestos en los cuales sirven de meros «vehículos» para trasladar beneficios fiscales a terceros inversores interesados en disfrutar de estas ventajas, y ese análisis y comprobación no se limitará al propio ente interpuesto, sino que alcanzará también a los partícipes o socios.

Asimismo, se impulsará la verificación del cumplimiento de los requisitos exigidos a una Sociedad de Inversión de Capital Variable para beneficiarse de un tipo de gravamen inferior al general.

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