Las ayudas previstas en este real decreto irán destinadas al público joven para su utilización en la adquisición de productos y servicios culturales ofrecidos por las entidades que se adhieran al programa.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas del Bono Cultural Joven las personas físicas que reúnan los requisitos siguientes: cumplir 18 años durante el año natural en el que se solicite la ayuda y poseer la nacionalidad española o residencia legal en España. Las ayudas concedidas a través del Bono Cultural Joven tendrán un importe máximo de 400 euros por beneficiario. Las actividades y gastos subvencionables deberán realizarse en el plazo máximo de un año desde la fecha de concesión del Bono Cultural Joven a cada beneficiario.
No será subvencionable la adquisición de productos de papelería; libros de texto curriculares, ya sean impresos o digitales; equipos, software, hardware y consumibles de informática y electrónica; material artístico; instrumentos musicales; espectáculos deportivos y taurinos; moda y gastronomía.
Pueden acceder al texto completo del Proyecto en ESTE ENLACE.
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