Organizada por la Asociación de Juristas y Profesionales del Derecho San Raimundo de Peñafort ha tenido lugar recientemente la conferencia «Protección de los denunciantes de infracciones y lucha contra la corrupción: la necesaria trasposición de la Directiva (UE) 2019/1937 (LA LEY 17913/2019)» que fue impartida por el Vocal de la Asociación, exdirector de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), abogado, catedrático de Derecho administrativo y director de la revista Derecho Digital e Innovación, José Luis Piñar Mañas.
El acto fue presentado por Vicente Sánchez Velasco CEO y Managing Director Wolters Kluwer LR España y Portugal y junto a ellos estuvo en la mesa Rosalina Díaz Valcárcel, presidenta de la Asociación de Juristas y Profesionales del Derecho San Raimundo de Peñafort.
Durante el transcurso de su ponencia, Piñar afirmó que se da por sentado que habría «denunciantes de mala fe» y que «No podemos cuestionar una ley buena por el hecho de que algunas personas la van a utilizar de forma torticera. Se verá, caso a caso, si se actúa o no de buena fe», añadió.
Piñar respondía así a una pregunta planteada sobre determinadas denuncias por supuesta corrupción que están emergiendo contra personalidades del mundo de la justicia, de la fiscalía y de la política, apelando precisamente a la protección de esta Directiva en fase de transposición, y sobre las que hay serias dudas de que estén siendo articuladas por «denunciantes de buena fe».
«¿Se va a tratar de utilizar torticeramente esta Directiva?, sí», reconoció. «Y esas personas [los denunciantes de mala fe] seguro que van a intentar reconducir sus denuncias hacia un marco normativo lo que no es más que una pura venganza o un afán de protagonismo».
Pero Piñar dijo confiar en que los mecanismos con los que viene provista la Directiva sirvan para desactivar a ese tipo de individuos.
El también presidente de la Sección de Derecho Público de la Comisión General de Codificación y «Of Counsel» de CMS Albiñana & Suárez de Lezo, recordó que el Anteproyecto de Ley que transpone la Directiva obliga a crear y mantener sistemas de información internos para atajar con rapidez cualquier indicio de delito o infracción grave contra el interés general no solo a las empresas y a las Administraciones Públicas.
«También obliga a los partidos políticos, a los sindicatos, a las patronales, fundaciones. E, incluso, a la misma Casa Real», explicó.
La futura Ley modifica cuatro leyes. La Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LA LEY 2689/1998); la Ley 10/2010, de 28 de abril (LA LEY 8368/2010), de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo; la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LA LEY 17734/2017) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LA LEY 19303/2018).
Piñar recordó también que la futura Ley contempla la existencia de tres vías de denuncias: Un canal interno, en aquellas empresas de más de 50 trabajadores, un canal externo y la denuncia en medios de comunicación.
El canal externo se articulará a través de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, una autoridad central. Pero también cada una de las 17 Comunidades Autónomas podrán tener su propia autoridad.
El exdirector de la AEPD subrayó que en algunas Autonomías ya existen autoridades semejantes a esta que se plantea en la Directiva. «Algunas ya se han adelantado», aclaró.
Ante esta «proliferación» de Autoridades de Protección del Informante en toda España –podrá haber hasta 18–, Piñar declaró no preocuparle que puedan convertirse en «chiringuitos» políticos donde colocar a gente.
«Si eso se produjera ya se podrá denunciar. Y se podrá hacer sin temor a represalias. No como ahora. La ley va a ser una herramienta eficaz para la lucha contra la corrupción», afirmó.