Cargando. Por favor, espere

Portada

En el marco de las políticas activas de empleo, esta ley tiene como objetivos generales promocionar la contratación de las personas desempleadas, especialmente de las más vulnerables, contribuir al mantenimiento y la mejora de la calidad del empleo y a la promoción profesional de las personas ocupadas, así como fomentar el trabajo autónomo y la creación de empleo en el ámbito de la economía social. Los incentivos y otros instrumentos de apoyo al empleo, se agrupan en:

Bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta, que se desglosa en los siguientes grupos:

  • Contratación laboral o reincorporación de personas con discapacidad
  • Contratación de mujeres víctimas de violencia de género y de trata de seres humanos, y otras medidas de conciliación
  • Contratación de personas en situación de exclusión social, desempleadas de larga duración y víctimas del terrorismo
  • Contratación formativa y su transformación en contratos indefinidos y contratación de personal investigador en formación
  • Apoyo al empleo en la economía social y en ámbitos y sectores específicos

Prevé otros instrumentos de apoyo al empleo, tales como:

  • Acuerdos por el empleo en el marco de la negociación colectiva
  • Reserva de empleo
  • Planes de igualdad en las empresas
  • Pactos locales y comarcales de empleo

Pueden acceder al texto completo del Anteproyecto en ESTE ENLACE

Scroll