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La certificación del carácter innovador de estas empresas correrá por tanto a cargo de ENISA Empresa Nacional de Innovacion, que dispondrá de los recursos necesarios para desplegar un procedimiento sencillo, rápido y gratuito para las empresas solicitantes.

Como criterio general, se considerará que una empresa desarrolla un proyecto de emprendimiento innovador cuando su finalidad sea resolver un problema o mejorar una situación existente mediante el desarrollo de productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica y que lleve implícito un riesgo de fracaso tecnológico, industrial o en el propio modelo de negocio.

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a una declaración responsable, o la no presentación de la documentación que sea requerida para certificar el cumplimiento de lo declarado, o la ausencia de comunicación de los cambios en los criterios o condiciones de certificación, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de los derechos asociados al certificado desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

Pueden acceder al texto completo de la Propuesta en ESTE ENLACE.

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