La implementación efectiva del aprendizaje competencial que proponen los nuevos currículos desarrollados a partir de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (LA LEY 26271/2020), que da valor, más que a la adquisición de una serie de conocimientos disciplinares declarativos o a la memorización de conceptos presentados de manera parcelada, a la capacidad de saber movilizarlos para resolver una necesidad, debe tener reflejo en la prueba de acceso a la universidad, porque lo que el alumnado deba o no hacer en dicha prueba determina, en mayor o menor medida, lo que efectivamente se trabaja en el aula. En sentido inverso, también es cierto, que los cambios en la prueba de acceso acabarán repercutiendo en los cambios de enfoque metodológico que propugnan los nuevos currículos.
No obstante, se debe evitar el riesgo de producir cambios a mayor velocidad de la que el sistema es capaz de procesar, especialmente teniendo en cuenta que el proceso de incorporación a las aulas de los nuevos enfoques metodológicos se hará de forma paulatina. Es por esta razón y por las razones expuestas en relación a la obligación de tener que regular la prueba de acceso a partir del curso escolar 2023-2024, por lo que se llevará un proceso temporal intermedio hasta estar en condiciones de llegar a un modelo definitivo en el cual el enfoque competencial de la prueba sea completo. De esta manera, se dispondrá de un generoso margen temporal para garantizar un tránsito natural y paulatino entre los dos sistemas y una progresiva adecuación al nivel de experiencia del profesorado y del alumnado que deberá ser adquirido progresivamente. En otro orden de cosas, el progresivo enfoque competencial de la Prueba de Acceso a la Universidad supondrá un avance en la línea de una mayor homologación y equilibrio entre los ejercicios planteados, para asegurar que sean efectivamente equiparables entre los distintos territorios
La prueba versará sobre las materias comunes y la materia específica obligatoria de cada una de las modalidades, cursadas o convalidadas, todas ellas en el segundo curso de Bachillerato. Respecto a la estructura de la prueba, constará de cuatro o, en su caso, cinco ejercicios que versarán sobre las siguientes materias:
- • Lengua Castellana y Literatura II y, si la hubiere, Lengua Cooficial y Literatura II.
- • Historia de España o Historia de la Filosofía, a elección del alumnado. Dicha elección deberá efectuarse en el momento de la inscripción en la prueba de acceso.
- • Lengua Extranjera II cursada por el estudiante.
- • La materia específica obligatoria de 2.º de Bachillerato de la modalidad, y en su caso vía, cursada.
Cada uno de los ejercicios de esta fase tendrá una duración de 105 minutos, estableciéndose un descanso mínimo de 45 minutos entre el final de un ejercicio y el principio del siguiente.
Pueden acceder al texto completo del Proyecto de Real Decreto en ESTE ENLACE.