Una Comunidad de propietarios que obtiene una subvención por importe superior a 3.000 euros sí debe cumplimentar la declaración modelo 184.
Al determinarse las rentas de la Comunidad de propietarios con arreglo a las normas del IRPF, la subvención tiene la consideración de ganancia o pérdida patrimonial, y se debe atribuir a cada uno de los propietarios en función de su coeficiente de participación en el edificio.
La Comunidad, como entidad en régimen de atribución de rentas debe presentar una declaración informativa, relativa a las rentas a atribuir a sus comuneros y debe hacerlo respecto a rentas excedan de 3.000 euros anuales, debiendo además notificar por escrito a sus miembros la información contenida en la declaración informativa modelo 184 aprobado por la Orden HAC/171/2004, de 30 de enero (LA LEY 155/2004).
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