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El Decreto-ley 2/2023, de 8 de marzo (LA LEY 2889/2023), de medidas urgentes de impulso a la inteligencia artificial en Extremadura, establece el marco esencial de las medidas destinadas al apoyo, promoción, impulso y desarrollo de los sistemas de inteligencia artificial en la Comunidad y regula los ámbitos principales de aplicación de ésta, siendo aplicable a los órganos, organismos y entidades que conforman el sector público autonómico.

Impone a la Administración pública autonómica fomentar el uso de una inteligencia artificial ética, confiable y respetuosa con los derechos fundamentales, siguiendo especialmente las recomendaciones de la Unión Europea, así como promover la calidad en su uso.

Medidas de apoyo, promoción, impulso y desarrollo

Dentro de estas medidas generales relativas a los sistemas de inteligencia artificial, la norma se ocupa de la alfabetización y formación en materia de inteligencia artificial, para lo cual, y dentro el marco de la Estrategia Extremeña de Inteligencia Artificial (EEIA), la Administración pública autonómica debe adoptar medidas para la alfabetización de la sociedad extremeña en materia de inteligencia artificial basándose en el aprendizaje, uso y aplicación de las herramientas de la inteligencia artificial, promoviendo el desarrollo de capacidades emprendedoras, creativas, sociales y culturales.

Además, promoverá actuaciones de formación de trabajadores en materia de inteligencia artificial e impulsará medidas de apoyo a las empresas que desplieguen planes de formación y capacitación en la materia.

Asimismo, potenciará mecanismos de colaboración público-privada y creará espacios controlados de pruebas para la inteligencia artificial en el seno de la Fundación de Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX), en los que se podrán probar y evaluar sistemas de inteligencia artificial, antes de ser lanzados al mercado, para garantizar su seguridad y eficacia, minimizando el riesgo de daños a terceros.

Iniciativas de inversión

Se declaran de interés general y prioritario todas aquellas iniciativas de inversión que estén dirigidas a ofrecer soluciones soportadas en inteligencia artificial según los estándares europeos o nacionales, y con garantía de mejora en la prestación de servicios a las personas en un marco ético y de equilibrio social.

Estas iniciativas podrán ser calificadas como Proyectos Empresariales de Interés Autonómico si cumplen los requisitos previstos en el capítulo II de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre (LA LEY 24716/2022), de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos, debiendo la Administración habilitar el marco necesario para que estas iniciativas de inversión puedan realizarse durante todo su proceso productivo en Extremadura.

Utilización de la IA por la Administración pública autonómica

La Administración pública autonómica debe incorporar sistemas de inteligencia artificial que favorezcan la eficacia y eficiencia en la gestión de los servicios públicos, así como establecer mecanismos para que su utilización redunde en beneficio de los empleados públicos.

En todo caso, la norma dispone que debe favorecerse la puesta en marcha de mecanismos para que los algoritmos involucrados en la toma de decisiones que utilice tengan en cuenta criterios de minimización de sesgos, transparencia y rendición de cuentas siempre que sea factible técnicamente, incluyendo en los mismos su diseño y datos de entrenamiento. También, se promoverá la realización de evaluaciones de impacto que determinen el posible sesgo discriminatorio.

Por lo que respecta a la toma de decisiones, contempla la adopción por la Administración pública autonómica de actos administrativos mediante sistemas de inteligencia artificial en el marco de un procedimiento administrativo. Para ello, además de los requisitos previstos en el artículo 41 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LA LEY 15011/2015), se dará la debida publicidad del mecanismo de decisión, de las prioridades asignadas en el procedimiento de evaluación y de la toma de decisiones, así como de todos los datos que puedan impactar en su contenido.

Y considera prioritario proteger a la ciudadanía y a las personas interesadas en los procedimientos administrativos ante el uso de la inteligencia artificial.

Estrategia Extremeña de Inteligencia Artificial

La disposición adicional única impone a la Junta de Extremadura la elaboración y aprobación de una Estrategia Extremeña de Inteligencia Artificial (EEIA), que es el instrumento de planificación en el que se plasman los objetivos, fines y prioridades establecidos en la norma en el marco de la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial, de la Carta de Derechos Digitales (LA LEY 16317/2021) y de las iniciativas europeas en torno a la inteligencia artificial. Tendrá valor de norma reglamentaria y será aprobada por el Consejo de Gobierno.

El texto establece su contenido mínimo y regula su elaboración y aprobación.

Entrada en vigor

El Decreto-ley 2/2023, de 8 de marzo (LA LEY 2889/2023), entra en vigor el 11 de marzo de 2023, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

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