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En determinados ámbitos se habla del compliance officer como si se tratara de una figura unívoca que ejerce funciones similares en cualquier organización. Sin embargo, la realidad se muestra muchísimo más diversa y compleja (fruto de un evidente proceso de maduración y especialización).

Hoy día podemos encontrar dentro de una misma corporación múltiples órganos que desempeñan funciones muy específicas directamente implicadas en aquello que denominamos compliance. Existen profesionales que se ocupan de monitorizar el sistema de cumplimiento, otros con funciones focalizadas en el análisis inicial de los avisos o denuncias recibidos por el canal de denuncias o el sistema interno de información, otros profesionales dedicados a la revisión del sistema o a la articulación de nuevos controles, etc. Además, resulta muy habitual que exista cierta estratificación funcional o una división de tareas bajo criterios de naturaleza material (anticorrupción, medioambiente, blanqueo, etc.) y/o con arreglo a pautas territoriales (por sedes, zonas geográficas, áreas de influencia o de prestación de servicios, etc.).

Por ello, la diversidad funcional de los órganos de compliance debe, necesariamente, ser tenida en cuenta a la hora de analizar escenarios de riesgo, el risk shifting o el criterio de imputación penal Top-Down.

Con la finalidad de que sirva como guía útil en esta materia, Rafael Aguilera Gordillo, Profesor asociado doctor de Compliance Penal y Seguridad Internacional, quien codirige junto al socio responsable de Forensic de Grant Thornton, Fernando Lacasa el Compliance Advisory LAB, ha elaborado este noveno informe en el que, bajo el título «Órganos empresariales con funciones de vigilancia: “Compliance” y responsables de canales de denuncias», se exponen determinadas cuestiones jurídico-penales clave desde un enfoque sistemático. En el análisis, se avanza desde los sujetos con funciones supervisoras primigenias (socios/administradores) hasta los órganos específicos de compliance, prestando una especial atención a las concretas funciones asignadas. Al estudio se incorpora la nueva figura del responsable del Sistema Interno de Información (que toda organización del sector privado con más de 49 trabajadores que opere en España debe asumir conforme a la Ley 2/2023).

Asimismo, se subraya la pertinencia de que los profesionales del compliance dispongan de mecanismos que les doten del mayor blindaje posible y les permitan desarrollar las loables funciones que desempeñan con la sensación de confort que, sin duda, merecen.

Puedes consultar el contenido íntegro de este último report del Compliance Advisory LAB en este enlace.

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