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El Juzgado Mercantil nº 10 de Barcelona ha exonerado una deuda de 4,79 millones de euros a un empresario del sector de la alimentación que había pedido acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad (LA LEY 12418/2015).

Se trata de una de las cancelaciones más elevadas conseguidas bajo la ley de segunda oportunidad (LA LEY 12418/2015), explican fuentes del despacho Alhos Abogados, que ha conseguido el fallo. Señalan que roza incluso el límite de lo que prevé la normativa.

La exoneración ha supuesto un alivio para la familia, que se encontraba en una situación muy complicada tras el cierre de su negocio debido a la pandemia, cuentan sus abogados, que explican que su cliente había solicitado créditos para sacar adelante su negocio de alimentación adelante, Créditos que fueron avalados también por su esposa, que también ha sido exonerada.

Fuentes del despacho afirman que este procedimiento aún es muy poco conocido, pero creen que irá en auge ya que es una respuesta absolutamente necesaria a los tiempos que vivimos. Y señalan que es posible volver a empezar si se es un deudor de buena fe y si en los diez años anteriores a la solicitud no se ha sido condenado por delitos contra el patrimonio. Ahora el matrimonio podrá poner en marcha un nuevo negocio y pedir préstamos a los bancos, añaden.

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