Las modificaciones propuestas se ciñen a abordar determinadas disposiciones del marco prudencial de la UE para las entidades que se centran exclusivamente en las medidas destinadas a garantizar la transferencia fluida de pérdidas y capital dentro de los grupos de resolución en el momento de esta, a través de normas adecuadas sobre instrumentos admisibles del «MREL» (requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles) interno en casos complejos como las cadenas de filiales. Además, las modificaciones propuestas se limitan a las cuestiones que no pueden abordarse dentro del margen de discrecionalidad previsto por las normas actuales.
Dado que las disposiciones correspondientes ya están en vigor y serán aplicables en la UE el 1 de enero de 2024, las modificaciones deben realizarse de manera oportuna. La necesidad de una adopción rápida se ve aún más acentuada por el hecho de que los grupos bancarios necesitan claridad sobre el mecanismo de deducción para decidir la mejor manera de preparar su capacidad del MREL interno considerando el plazo general de su cumplimiento, cuyo término es también el 1 de enero de 2024.
Pueden acceder al texto completo de la Propuestae en ESTE ENLACE.
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