El Tribunal desestima el recurso de casación interpuesto contra la sentencia del TSJ Andalucía y confirma la condena por delitos de abuso sexual a menores de 16 años agravado por la puesta en peligro de la salud de las víctimas.
El acusado hizo la cena para su sobrino y los amigos de éste y aprovechando un "juego" consistente en que cada uno bebiese un zumo en el menor tiempo posible, con la promesa de ser premiado el ganador con 50€, disolvió en los zumos un número no determinado de comprimidos de Loracepam, fármaco de la familia de las benzodiacepinas, que produce como efectos secundarios somnolencia, disminución de reflejos y coordinación, y como efectos adversos, sobre todo en niños, insuficiencia respiratoria leve o moderada, amnesia retrógrada, reacciones psiquiátricas.
A causa de la ingesta involuntaria del Lorazepam, los menores cayeron en un profundo sueño, situación que el acusado aprovechó para, con evidente ánimo lúbrico, abusar sexualmente de ellos.
Para el Supremo, sí se debe aplicar el tipo agravado por haber puesto en peligro la vida o salud de las víctimas, al haberse suministrado un psicotrópico (benzodiazepinas) porque aunque el CP utiliza una fórmula muy genérica y ambivalente, ya que no adjetiva siquiera la intensidad del peligro o riesgo, debe entenderse que aunque el riesgo sea leve o poco trascendente, existe y puede ser relevante para la vida o la salud.
Para la Sala, solo se exige la situación de riesgo para la salud, aunque sea leve (porque no exige más el tipo), y en el caso, de hecho, sí se produjeron efectos dañosos para la salud en uno de los menores, que precisó tratamiento médico consistente en la administración de antídoto.
El medicamento Lorazepam, como fármaco de la familia de las benzodiazepinas, utilizado para tratar la ansiedad "produce como efectos secundarios somnolencia, disminución de reflejos y coordinación, y entre cuyos efectos adversos, sobre todo en niños, se halla la insuficiencia respiratoria leve o moderada, amnesia retrógrada, reacciones psiquiátricas (depresión, confusión)", y en el caso, es un hecho probado que como consecuencia de la previa ingesta involuntaria del Lorazepam, los menores cayeron en un profundo sueño y uno de ellos despertó con mareos, estando deprimido, con vómitos llegando a perder el conocimiento, siendo diagnosticado de intoxicación por benzodiazepinas.
Una ingesta incontrolada y no indicada de una sustancia puede poner en riesgo la salud de la víctima, siendo el tipo agravado, no de resultado, sino de mero riesgo ya que no exige un daño real sino la posibilidad cierta de producción del mismo, subraya el Supremo, que insiste en que la agravación solo precisa poner en peligro cualquiera de los dos bienes jurídicos que menciona, la vida o la salud, sin exigir que sea más o menos grave el peligro, sino que lo único que requiere es un comportamiento idóneo a tal fin, que potencialmente tenga aptitud para concretar ese riesgo, lo que no cabe duda de que así puede tener lugar con la toma de psicotrópicos, que además solo se ha de hacer bajo prescripción médica.