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El artículo 89 de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual (LA LEY 15588/2022), impone a una serie de obligaciones, entre las que se encuentra la de implementar sistemas de verificación de edad en el acceso a sus plataformas, como medida por excelencia para la protección de los menores frente a contenidos audiovisuales perjudiciales.

De entre todas las medidas contempladas en la Ley, la Comisión considera que la medida de establecer y operar sistemas de verificación de edad tiene especial incidencia en la protección del menor cuando se trata de plataformas de vídeos que ofrecen contenidos que pueden ser muy dañinos para el menor, como la violencia o la pornografía. Por tanto, somete a consulta distintos aspectos de tal obligación a fin de clarificar su aplicación.

Con esta iniciativa se busca identificar aquellos criterios que contribuyan a garantizar la protección de los menores ante los contenidos más perjudiciales como es la violencia o la pornografía en las PIVs, y que se tendrán en cuenta cuando se analice de forma pormenorizada los sistemas que tienen que implementar las PIVs establecidas en España.

Con la concreción de estos criterios se pretende aumentar la seguridad jurídica y la predictibilidad de los acuerdos de la Comisión, enunciando los elementos mínimos y esenciales que los sistemas de verificación de edad deben disponer para entender que cumplen con el objetivo marcado en la citada Ley para los mismos.

Pueden acceder al texto completo en ESTE ENLACE.

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