Carlos B Fernández. El Pleno del Parlamento Europeo ha aprobado la propuesta de Reglamento sobre transferencias inmediatas en euros (COM(2022) 546 final), presentado por la Comisión en octubre de 2022.
Dado que la propuesta había sido ya previamente aprobada por el Consejo de la UE, la nueva norma entrará en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE y los Estados miembros dispondrán de doce meses para aplicar el Reglamento.
La norma, aprobada con 599 votos a favor, 7 en contra y 35 abstenciones, pretende garantizar que las transferencias bancarias lleguen inmediatamente a las cuentas de los particulares y las empresas de la UE. Para ello, actualiza las normas vigentes de la Zona Única de Pagos en Euros (SEPA, por sus siglas en inglés) y modifica los Reglamentos (UE) 260/2012 (LA LEY 5677/2012) y (UE) 2021/1230 (LA LEY 17547/2021).
En particular, el nuevo Reglamento busca evitar esperas a los clientes minoristas y las empresas, especialmente las pymes, así como mejorar la seguridad de las transferencias.
Para ello deberá garantizarse la inmediatez de las transferencias, con independencia del día o la hora en que se realicen, de forma que el dinero deberá llegar a la cuenta del destinatario en un plazo de 10 segundos. A este fin, los bancos y otros proveedores de servicios de pago (PSP, en inglés) tendrán que garantizar transferencias asequibles y procesadas al momento.
A estos efectos, se definen las “transferencia instantánea de crédito" como “una transferencia de crédito que se ejecuta inmediatamente, las 24 horas del día y en cualquier día natural”.
El ordenante también debe ser informado en un plazo de diez segundos de si los fondos transferidos se han puesto a disposición del receptor.
Los países de la UE cuya moneda no sea el euro también tendrán que aplicar las normas, cuando las cuentas ya ofrezcan transacciones regulares en euros, después de un período transitorio más largo. Habrá una excepción especial a la obligación de efectuar el pago en un plazo de diez segundos para dichas cuentas fuera del horario laboral, por el riesgo de falta de liquidez en la divisa europea.
Seguridad de los clientes, multas y sanciones
Para garantizar la seguridad, los proveedores de servicios de pago deben aplicar medidas sólidas y actualizadas de detección y prevención del fraude, a fin de evitar que el dinero transferido acabe por error o fraude en la cuenta equivocada. Para ello, los proveedores de servicios de pago que operan en la UE deben ofrecer, sin coste adicional, un servicio de verificación de la identidad del destinatario.
Como salvaguardia adicional contra el fraude, las entidades también deben permitir a sus clientes fijar un importe máximo para las transferencias instantáneas en euros, que podría modificarse fácilmente antes de ejecutar una nueva transferencia.
De acuerdo a las nuevas reglas, si una entidad no cumple con sus obligaciones de prevención del fraude y esto provoca un perjuicio financiero, el cliente podrá solicitar una compensación.
Los proveedores de servicios de pago que ofrezcan transferencias instantáneas también deben verificar si alguno de sus clientes está sujeto a sanciones u otras medidas restrictivas relacionadas con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
Sin cargos extra para el cliente
Los cargos aplicados por las transferencias inmediatas en euros no podrán ser superiores a los aplicados a las operaciones convencionales de transferencia «no instantánea» en euros.