Cargando. Por favor, espere

Portada

Sentencia del Tribunal General en el asunto T-146/22 | Ryanair/Comisión (KLM II — Covid-19)

Antecedentes

En 2020, la Comisión Europea aprobó una ayuda de Estado neerlandesa a favor de KLM, consistente en una garantía estatal para un préstamo bancario y en un préstamo del Estado. El presupuesto total de la ayuda ascendía a 3.400 millones de euros. El objetivo de la medida era proporcionar temporalmente a KLM liquidez en el contexto de la pandemia de COVID-19.

No obstante, en 2021, el Tribunal General anuló la decisión de la Comisión por falta de motivación respecto a la determinación del beneficiario de la medida en cuestión. Además, decidió suspender los efectos de la anulación hasta que la Comisión adoptase una nueva decisión.

Posteriormente, el 16 de julio de 2021, la Comisión adoptó una nueva decisión, en la que consideró que la ayuda de Estado era compatible con el mercado interior y que KLM y sus filiales eran las únicas beneficiarias de la ayuda, con exclusión de las demás sociedades del grupo Air France-KLM.

Apreciación del Tribunal General

El Tribunal General, a instancia de la compañía aérea Ryanair, anula de nuevo, mediante su sentencia, la aprobación de la ayuda en cuestión. En efecto, estima que la Comisión erró en la definición de los beneficiarios de la ayuda de Estado concedida al excluir al holding Air France-KLM y a Air France, dos sociedades que forman parte del grupo Air France-KLM.

A este respecto, el Tribunal General examina los vínculos de capital, orgánicos, funcionales y económicos entre las sociedades del grupo Air France-KLM, el marco contractual sobre cuya base se concedió la medida en cuestión, así como el tipo de medida de ayuda concedida y el contexto en el que se inscribía. Sobre esta base, concluye que el holding Air France-KLM y Air France podían beneficiarse, al menos indirectamente, de la ventaja concedida por la ayuda de Estado en cuestión.

Scroll