La imagen mental que muchos ciudadanos tienen de la Administración de Justicia está inevitablemente asociada a montones de papel, incomodidades, retrasos, togas y ceremonias.
Aunque la realidad de la justicia está hoy ya bastante alejada de esa imagen del papel, la reciente publicación del Real Decreto-ley 6/2023 (LA LEY 34493/2023), por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (LA LEY 9394/2021) en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, da un paso más allá: supone un avance sin precedentes en la digitalización e innovación de la Justicia, que va a permitir cambiar esa percepción de la ciudadanía por la de un servicio mucho más actual y moderno y que sitúa a España en el liderazgo mundial en cuanto a un sistema judicial digital, moderno y accesible.
Esta norma es heredera del proyecto de Ley de Eficiencia Digital, que cumplió todos los trámites de publicidad e informes, habiéndose asimilado en el texto final buena parte de las respuestas planteadas. Eso, y la apuesta decidida del nuevo del Ministerio de Justicia, liderado Félix Bolaños, ha permitido que el texto estuviera publicado en el BOE, apenas un mes tras la toma de posesión del nuevo ministro, poniendo de manifiesto el compromiso del Gobierno con el servicio público de Justicia.
La norma regula el uso de medios digitales, lo que va a permitir, como lo ha hecho en otras administraciones punteras, una mejora en los tiempos de respuesta de la Justicia
La norma regula el uso de medios digitales, lo que va a permitir, como lo ha hecho en otras administraciones punteras, una mejora en los tiempos de respuesta de la Justicia. Para ello, se parte de que el uso de medios digitales será obligatorio para las administraciones públicas y las personas jurídicas, en línea con lo que ya ocurre con el resto de servicios públicos.
En el caso de personas físicas, en cambio, el uso de medios digitales se reconoce como un derecho, y en el caso de las personas de mayor edad se garantiza expresamente y por primera vez una atención especial. Todo ello para que nadie se quede atrás, asegurando que cualquier persona, pueda comprender y hacer uso de los servicios digitales de forma adecuada.
Un paso de gigante en esta modernización de la Justicia es la puesta en marcha de la Carpeta Justicia, un espacio virtual donde los ciudadanos pueden acceder de manera integrada a sus notificaciones judiciales, citaciones o procedimientos, a imagen y semejanza de la ya conocida Carpeta Ciudadana.
Conviene recordar que la Ley también da respuesta a reivindicaciones legítimas de los profesionales que se relacionan con la Administración de Justicia, como son la conciliación de la vida profesional y familiar en el ámbito digital, así como el derecho a la desconexión digital. La posibilidad de realizar trámites telemáticos sin desplazamientos refuerza la competitividad de estos profesionales y les permite trabajar en todo el territorio del Estado.
Por otra parte, las actuaciones telemáticas se regulan con el objetivo de unificar criterios hoy muy dispares, con la seguridad jurídica necesaria, para que no se pierda ningún tipo de garantía procesal. Con carácter general, se seguirá el criterio del juez o tribunal, que podrá estimar o no la presencia física de determinados comparecientes. La publicidad de las vistas seguirá siendo pieza clave, ya que el juez siempre estará en la sala de vistas.
En cuanto a la presencia digital, se asegura con el uso de los sistemas de identificación y autenticación del país, seguros y sencillos de utilizar, como clavePIN o certificado digital, y define espacios seguros, tales como comisarías u otras dependencias, desde los que poder comparecer telemáticamente con la asistencia de funcionarios públicos. Esto permitirá un ahorro de tiempos en espera y en desplazamientos de una magnitud difícil de calibrar en estos momentos.
La nueva norma refuerza el papel del Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica, que es el de la cogobernanza en la Administración de Justicia. La colaboración administrativa, la ciberseguridad o la regulación de herramientas comunes para todo el Estado son asuntos tratados por este órgano. Gracias a ello, y como destacó el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en su comparecencia en la Comisión de Justicia del Congreso el pasado mes de diciembre, estamos construyendo una justicia que responde a nuestro modelo de país, promoviendo la igualdad de los ciudadanos. Todo ello con escrupuloso respeto a las competencias de la Fiscalía, el CGPJ y las distintas Comunidades Autónomas.
Hay que resaltar que esta norma ha contado con la inversión de 410 millones de euros de los Fondos de recuperación europeos, destinados a la transformación digital de la Justicia en proyectos aprobados de forma unánime por las administraciones con competencias en Justicia, convirtiéndolos en proyectos país. Todos los servicios que prevé la Ley se van a llevar a cabo, los sistemas están preparados y cuentan con el suficiente respaldo económico.
Otro aspecto reseñable de la norma es que establece la obligación de las Administraciones competentes en materia de Justicia de garantizar la prestación del servicio público de Justicia por medios digitales, homogéneos, de calidad, y que aseguren de manera uniforme en todo el territorio del Estado una serie de servicios, entre los que se encuentran la transmisión de expedientes y de documentos electrónicos entre cualesquiera órganos judiciales o fiscales, y con las administraciones públicas.
Para ello el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes tiene por objetivo lograr la completa interoperabilidad entre los distintos sistemas de gestión procesal existentes en España, demanda histórica de la Justicia, ampliándola, además, a todo el ecosistema digital del país. Ya contamos con la integración completa y bidireccional entre los órganos judiciales y las administraciones públicas para el envío de comunicaciones electrónicas, activado en múltiples comunidades autónomas.
En la misma línea, Justicia quiere liderar el uso de las tecnologías emergentes teniendo en cuenta sus aspectos éticos y humanísticos. Para ello, dota al personal que presta servicio en la Administración de Justicia de un acceso a las tecnologías más punteras como apoyo a su trabajo. El acceso a estas tecnologías se regula estableciendo el uso como asistente en las funciones de tramitación, evitando en todo caso que sistemas de Inteligencia Artificial puedan comprometer la independencia judicial en su toma de decisiones. En esta Ley se da cabida a nuevas tecnologías como la robotización, y permite actuaciones automatizadas y proactivas para una mejora de los tiempos de respuesta.
En definitiva, el Real Decreto 6/2023 supone una enorme oportunidad para la Administración de Justicia española, que ya está siendo referente fuera de nuestras fronteras como recogen el primer informe de la UE sobre el estado de la Década Digital, el informe DESI o el ranking europeo de la justicia publicado por la Comisión.
La ley crea múltiples oportunidades y mejoras en el funcionamiento del sector de justicia, lo cual contribuye al aumento de la competitividad del país, reforzando, por tanto, la incidencia positiva en la economía y empleo de nuestro país y mejorando el funcionamiento de la justicia.
Pero, sobre todo, estos cambios permitirán mejorar el servicio público de justicia, eliminar brechas y mejorar el acceso a la justicia para la ciudadanía, resolver de manera más eficiente los conflictos y permitir avanzar hacia una justicia de los cuidados, donde los más desfavorecidos, vulnerables o necesitados sean los que más se beneficien de este pilar del Estado de Derecho que es el servicio público de justicia.