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Dado que aún no se ha aprobado la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado para este ejercicio de 2024, opera la prórroga automática prevista en el artículo 134.4 de la Constitución Española (LA LEY 2500/1978). Por ello, de acuerdo con la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (LA LEY 26705/2022), la cuantía prevista para esta subvención se mantiene en los 52.704.140 euros (cantidad idéntica a la de años anteriores).

En este caso, la mencionada cantidad se ha distribuido teniendo en cuenta los resultados de las Elecciones al Congreso del 23 de julio de 2023. Un tercio de la misma se reparte en proporción al número de escaños obtenidos por cada partido político y los dos restantes según todos los votos obtenidos por cada partido en dichas elecciones.

Según este mecanismo legal, las subvenciones que corresponden a los partidos políticos representados en el Congreso en este ejercicio de 2024 son las siguientes:

El artículo 3.Seis de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos (LA LEY 7291/2007), establece que si alguna de estas subvenciones supera la cuantía de 12 millones de euros, el conjunto del reparto requerirá al acuerdo de Consejo de Ministros para autorizar su concesión, trámite completado en la reunión de este martes.

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