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El Consejo de Ministros ha declarado zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil (ZAEPC) los territorios afectados por esos episodios catastróficos, que provocaron daños personales, en infraestructuras y en bienes públicos y privados, así como daños en masas forestales, cultivos y explotaciones agropecuarias, polígonos industriales y otras instalaciones productivas de tal magnitud que justifican la aprobación de ayudas estatales basadas en el principio de solidaridad interterritorial y con carácter subsidiario y complementario a las actuaciones que, en ejercicio de sus competencias, tienen encomendadas las administraciones territoriales.

Entre los episodios incluidos en el acuerdo del Consejo de Ministros está el devastador incendio ocurrido el pasado 22 de febrero en un complejo residencial de 138 viviendas del barrio de Campanar de Valencia, que dejó un balance provisional de diez fallecidos y quince heridos, y que el inmueble quedara completamente arrasado.

Ante la excepcionalidad del incendio, la Generalitat Valenciana activó el Plan Territorial de Emergencia en situación operativa 2 y solicitó a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior la activación de la Unidad Militar de Emergencias para colaborar con los trabajos de extinción y soporte a las víctimas.

Otro suceso incluido en el acuerdo es el relacionado con el vertido de pellets frente a las costas de Portugal y su posterior llegada y dispersión por las playas de Galicia, Asturias y Canarias en los primeros días de 2024.

57 episodios catastróficos

El acuerdo incluye otros 57 episodios catastróficos de distinta naturaleza comunicados al Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación de Emergencias (CENEM) de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias desde el pasado 25 de septiembre de 2023.

Entre ellos destacan las inundaciones de enero de 2024 que afectaron a Castilla y León, los 46 incendios forestales contabilizados en esa comunidad autónoma y en las de Galicia, Andalucía, Asturias, Illes Balears y Comunidad Valenciana. De manera excepcional, se ha incluido también las inundaciones sufridas en La Rioja el 21 de junio de 2023 para subsanar un error administrativo que impidió su declaración como zona afectada por una emergencia de protección civil con anterioridad.

Otras riadas recogidas son las registradas en Soria a principios de noviembre de 2023, cuando la borrasca Ciarán dejó importantes precipitaciones y daños provocados por fuertes rachas de viento, o las que a mediados de enero de 2024 la borrasca Juan provocó en amplias zonas de la vertiente atlántica que se acumularon a las precipitaciones registradas apenas dos días antes debido al paso de la borrasca Irene, con especial incidencia en Castilla y León, donde hubo importantes impactos en las comunicaciones, sobre todo por carretera, y desbordamiento de ríos.

También se han incluido 46 incendios forestales ocurridos en la Comunitat Valenciana (40), en Castilla y León (2), en Galicia (1), en Andalucía (1), en Asturias (1) y en Illes Balears. Por su magnitud, destacan los incendios de Arcos de Jalón (Soria), Trabada (Lugo) y Montitxelvo (Valencia/Alicante).

La declaración de ZAEPC ha tenido en cuenta también dos sucesos en los que se produjo la activación de una situación operativa por riesgo químico. El primero se produjo por un incendio en una empresa de productos químicos en el municipio valenciano de Potríes, que obligó a evacuar y confinar varios edificios cercanos por prevención, así como al corte una carretera en varios tramos. El segundo se debió al incendio originado en una planta de residuos industriales en As Somozas (A Coruña).

Ayudas directas

La Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil (LA LEY 11497/2015), recoge una relación abierta de medidas y ayudas que, cuando se produzca una emergencia cuya magnitud requiera para su recuperación la intervención de la Administración General del Estado, pueden aplicarse sin necesidad de disponer de una evaluación de daños, a la vista de la información disponible, en aquellos casos en lo que es manifiesto que los afectados han padecido y, en buena medida, siguen padeciendo los efectos de los fenómenos adversos considerados.

Las medidas de recuperación previstas en este acuerdo, y cuya ejecución corresponde al Ministerio del Interior, son las siguientes:

  • Ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros.
  • Ayudas por destrucción o daños en enseres de primera necesidad: el coste con un límite de 2.580 euros.
  • Ayudas por destrucción total de la vivienda habitual: el coste de los daños, con un máximo de 15.120 euros.
  • Ayudas por daños a la estructura de la vivienda habitual: el 50% de los daños, con un máximo de 10.320 euros.
  • Ayudas por otros daños en la vivienda habitual: el 50% de los daños, con un máximo de 5.160 euros.
  • Ayudas por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios: el 50% de los daños, con un máximo de 9.224 euros.
  • Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales y de bienes: el importe total de los gastos.
  • Ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos: hasta 9.224 euros.
  • Ayudas a corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables: entre el 50% y el 100%, según los casos.

El acuerdo también prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados.

Otras medidas

El acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros abre la posibilidad de adoptar otras medidas de ayuda, condicionadas a lo que establezcan las órdenes ministeriales dictadas por cada uno de los diferentes departamentos competentes para desarrollarlas:

  • Beneficios fiscales: el Ministerio de Hacienda concretará la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponden a los receptores de estas ayudas, que como es habitual estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas por daños personales.
  • Medidas laborales y de Seguridad Social: los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán desarrollar medidas laborales y de Seguridad Social como bonificaciones y exenciones de cuotas de Seguridad Social.
  • Ayudas a las corporaciones locales: el Ministerio de Política Territorial concederá ayudas, por un importe de hasta el 50%, a los proyectos que ejecuten las entidades locales para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales.
  • Daños en infraestructuras públicas y de dominio público: los restantes ministerios, en el ámbito de sus competencias, podrán declarar zona de actuación especial, así como la emergencia de las obras, para reparar los daños causados en infraestructuras de titularidad pública o en el dominio público.
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