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Sentencia del Tribunal General en el asunto T 647/22 | Puma / EUIPO Handelsmaatschappij J. Van Hilst (Zapatos)

La empresa de los Países Bajos Handelsmaatschappij J. Van Hilst (HJVH) logró que, mediante resolución de la EUIPO de 11 de agosto de 2022, se declarase la nulidad de un dibujo o modelo comunitario de zapatillas deportivas que había sido registrado a nombre de la empresa alemana Puma en agosto de 2016. Para fundamentar su resolución, la EUIPO señaló que, doce meses antes de la presentación de la solicitud de registro, Robyn Rihanna Fenty (más conocida como Rihanna) había llevado zapatos que mostraban un dibujo o modelo anterior de las mismas características que el dibujo o modelo registrado. En estas circunstancias, la EUIPO consideró que dicho dibujo o modelo anterior se había hecho público, lo que justificaba la anulación del dibujo o modelo registrado.

El Tribunal General desestima el recurso interpuesto por Puma contra dicha resolución.

En apoyo de su solicitud de declaración de nulidad, HJVH había aportado, en particular, imágenes extraídas de la cuenta de Instagram «badgalriri» fechadas a mediados de diciembre de 2014, en las que se daba a conocer el nombramiento de Rihanna como nueva directora artística de Puma. Estas imágenes mostraban a Rihanna con un par de zapatillas de deporte blancas con una suela negra gruesa. Dichas imágenes se reprodujeron en varios artículos en periódicos en línea.

El Tribunal General confirma la apreciación de la EUIPO según la cual dichas imágenes bastan para demostrar que el dibujo o modelo anterior había sido divulgado y que los círculos especializados del sector de que se trata pudieron tener conocimiento de esa divulgación. A este respecto, declara que las imágenes extraídas de la cuenta de Instagram «badgalriri», difundidas en diciembre de 2014, permiten identificar, a simple vista o mediante una ampliación de estas fotos, todas las características esenciales del dibujo o modelo anterior.

En este contexto, el Tribunal General desestima las alegaciones de Puma de acuerdo con las cuales nadie se interesó en el calzado de Rihanna en diciembre de 2014 y, por tanto, nadie se percató del dibujo o modelo anterior.

En efecto, en diciembre de 2014 Rihanna era una estrella del pop mundialmente conocida. Ello implica que entre sus fans y los círculos especializados en el ámbito de la moda se había despertado, en esa fecha, un interés particular por los zapatos que llevaba el día de la firma del contrato en virtud del cual la estrella se convirtió en la directora artística de Puma.

Habida cuenta de estos elementos, según el Tribunal General, la EUIPO pudo considerar fundadamente que el dibujo o modelo anterior había sido divulgado en diciembre de 2014, lo que permite anular el dibujo o modelo registrado.

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