REDUCCIÓN DE LOS ÍNDICES DE RENDIMIENTO NETO DE 2023 DE DETERMINADAS ACTIVIDADES AGRÍCOLAS Y GANADERAS EN ALGUNOS TERRITORIOS
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha emitido informe por el que se pone de manifiesto que durante 2023 se han producido circunstancias excepcionales en el desarrollo de actividades agrícolas y ganaderas que aconsejan hacer uso de la autorización contenida en el artículo 37.4.1.º del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Por tal motivo, en el artículo 1 de esta Orden se aprueba la reducción de los índices de rendimiento neto aplicables en 2023 por las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales, las cuales se localizan en determinadas zonas geográficas.
Para facilitar la identificación de las actividades y ámbitos territoriales afectados por esta medida, se ha optado por englobar estas reducciones en un anexo, en el cual se agrupan las reducciones por comunidades autónomas, provincias, ámbitos territoriales y actividades.
INCREMENTO DE LA REDUCCIÓN GENERAL POR LA SEQUÍA SOBRE EL RENDIMIENTO DE 2023
Por otro lado, en el artículo 2 de la Orden, con objeto de tener en cuenta los efectos de la sequía en la caída de los rendimientos de las producciones, la reducción sobre el rendimiento neto de módulos, establecida con carácter general en 2023 por la disposición adicional primera de la Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre (LA LEY 24887/2022), por la que se desarrollan, para el año 2023, el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, que era del 10 %, se eleva al 15 % para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales que determinen el rendimiento neto por el método de estimación objetiva.