Carlos B Fernández. Como consecuencia del acuerdo firmado entre el INE, la AEAT, la Seguridad Social, el Banco de España y el SEPE, en febrero pasado, para permitir el acceso conjunto a sus bases de datos para trabajos científicos de investigación de interés público, se ha presentado la página web ES_Datalab (https://www.es-datalab.es/).
ES-Datalab es un laboratorio de datos que surge para satisfacer la demanda de la comunidad investigadora, a través del cual se permitirá el acceso a microdatos, en un entorno que garantice la confidencialidad de los datos.
ES_DataLab se rige por el convenio entre varios organismos públicos publicado en el BOE el 28 de marzo del 2024 (Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, de 21 de marzo de 2024).
Según se expone en dicho Convenio (III), “Las partes intervinientes en este convenio son titulares de numerosos registros administrativos y bases de datos estadísticas para la elaboración de estadísticas europeas y estadísticas para fines estatales. El valor añadido que genera esta cantidad de información disponible y, por lo tanto, el beneficio para la sociedad, podría aumentar si estos datos pudieran ser reutilizados, bajo determinadas condiciones y dentro de los límites legales, para fines científicos de interés público”.
Añadiendo que “conforme al principio establecido en los artículos 3.1.k) (LA LEY 15011/2015), 140 (LA LEY 15011/2015), 141 (LA LEY 15011/2015) y 142 de la [Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LA LEY 15011/2015)], los representantes de las partes intervinientes, como titulares de una gran cantidad de información administrativa y de datos granulares recogidos con fines estadísticos, consideran muy beneficioso para el cumplimiento de sus respectivos fines que los investigadores puedan tener acceso a la información contenida en sus bases de datos, así como a la resultante del cruce de las mismas, siempre que dicha investigación se realice con fines científicos de interés público, respetando siempre y en todo caso lo previsto en la legislación vigente” (VI).
Por ello, a través de esta página será posible consultar las bases de datos de los siguientes organismos: Instituto Nacional de Estadística (INE); Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT); Seguridad Social: Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones; Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS); Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS); Instituto Social de la Marina (ISM); Gerencia de Informática de la Seguridad Social (GISS) y Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y del Banco de España (BdE).
En concreto, la base de datos del INE, incluye: Estadística de Defunciones según la Causa de Muerte; Encuesta de Discapacidad, Autonomía Personal y Situaciones de Dependencia; Encuesta de Empleo del Tiempo; Encuesta sobre Equipamiento y Uso de Tecnologías de Información y Comunicación en los Hogares; Encuesta de Condiciones de Vida (ECV); Encuesta de Presupuestos Familiares (EPF); Encuesta de Salud de España; Censos de Población y Viviendas; Estadística de Adquisiciones de Nacionalidad Española de Residentes; Encuesta de Características Esenciales de la Población y las Viviendas (ECEPOV); Censo de Población; Estadística de Migraciones y Cambios de Residencia (EMCR); MNP: Estadística de Matrimonios; MNP: Estadística de Nacimientos; MNP: Estadística de Defunciones; Censo Agrario; Encuesta sobre la Estructura de las Explotaciones Agrícolas; Estadística Estructural de Empresas: Sector Industrial; Encuesta Industrial Anual de Productos; Encuesta sobre Innovación en las Empresas; Estadísticas sobre las Actividades de Protección Medioambiental; Encuesta de Consumos Energéticos; Estadística sobre el Suministro y Saneamiento del Agua; Estadísticas sobre Generación de Residuos; Estadísticas sobre Recogida y Tratamiento de Residuos; Estadística de Filiales de Empresas Españolas en el Exterior; Estadística sobre Cadenas de Valor Globales; Estadística Estructural de Empresas: Sector Servicios; Demografía Armonizada de Empresas; Estadística de Empresas según Pertenencia a Grupos; Estadística de Productos en el Sector Servicios; Estadística Estructural de Empresas: Sector Comercio; Estadística de Productos en el Sector Comercio; Estadística del Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero; Encuesta de Inserción Laboral de Titulados Universitarios; Encuesta Cuatrienal de Estructura Salarial; Encuesta Trimestral de Coste Laboral (ETCL); Encuesta Anual de Coste Laboral; Encuesta Anual de Estructura Salarial; Encuesta de Población Activa (EPA); Encuesta Comunitaria de Fuerza de Trabajo (ECFT); Flujos de la Población Activa; Encuesta de Transición Educativa - Formativa e Inserción Laboral; Encuesta sobre la Participación de la Población Adulta en las Actividades de Aprendizaje y Encuesta de Gasto de los Hogares en Educación.
La base de datos de la AEAT incluye: bases de datos sobre Modelo 100 (declaración anual del IRPF); Modelo 190 (declaración informativa de Retenciones sobre Rendimientos del trabajo y actividades económicas); Modelo 200 (declaración anual del Impuesto sobre Sociedades); Modelo 390 (declaración anual del Impuesto sobre el Valor Añadido); Modelo 576 (declaración del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte); Modelo 714 (declaración anual del Impuesto sobre el Patrimonio) y Estadísticas de Comercio Exterior.
Y la base de datos del Banco de España incluye las siguientes: Empresas individuales (CBI); Grupos empresariales no financieros consolidados (CBC); Estructura de grupos empresariales (GRP); Microdatos de Indicadores de Sostenibilidad (CBS); Fintech no bancarias (FIN); Deuda del Sector Público (DSP); Microdatos de Inversión de Cartera Exterior (ICE); Emisiones de valores representativos de deuda (BEV); Microdatos de la Encuesta sobre la Actividad Empresarial (EBAE)+ Indicadores empresas (CBI); Préstamos a personas jurídicas (CIR) y Microdatos de Préstamos de la CIR e Indicadores Económicos de la Central de Balances (CIR-CBI).
Acceso a los datos por los investigadores
El acceso a los microdatos está restringido únicamente a los investigadores que desarrollan sus proyectos de investigación con fines científicos de interés público en organismos e instituciones dedicadas a la investigación.
Para solicitar el acceso, primero hay que reconocer a la organización como una "Entidad de investigación". Por ejemplo, universidades, institutos de investigación o departamentos de investigación de una administración pública, etc. El proyecto debe ser de interés público.
Procedimiento de acceso a los datos
El acceso a los datos incluidos en estas bases de datos se realizará mediante un procedimiento que consta de dos fases:
Paso 1: La organización de investigación tiene que solicitar el ser reconocida como "Entidad de investigación". Sólo es necesario hacerlo una vez.
Paso 2: Solicitar el acceso a los microdatos. Se puede solicitar el acceso presentando una propuesta de investigación. El procedimiento de decisión de la concesión dura entre 8 y 10 semanas.
El acceso autorizado de los investigadores a datos confidenciales (archivos de uso seguro) se realizará a través de un "Centro Seguro".
El acceso a los microdatos sólo es válido durante el periodo especificado en la investigación.
Cada una de las partes implicadas en una solicitud de acceso con cruce de bases de datos de dos o más instituciones podrá percibir contraprestaciones económicas de los solicitantes por los servicios de preparación y puesta a disposición de los datos contenidos en las bases que son de su titularidad, según lo previsto en la legislación estadística (artículo 21.3 de la LFEP) y en la normativa reguladora de cada institución.
Registro de entidades investigadoras
Inicialmente se han incorporado al Registro las entidades reconocidas por el INE y se añadirán aquellas que soliciten su reconocimiento según los procedimientos establecidos en ES_DataLab.
Las entidades interesadas en acceder a ES_DataLab deberán ser evaluadas por su Comisión de seguimiento. El resultado de esta evaluación podrá ser la inclusión o no en el Registro, dependiendo de si cumplen con las condiciones requeridas:
- Tener la investigación como una de sus actividades principales (por ejemplo, universidades, institutos de investigación) o ser un departamento de investigación dentro de otra organización como las anteriores.
- Aportar pruebas de la publicación de los resultados de la investigación.
- Ser independiente y autónoma a la hora de formular conclusiones científicas.
- Disponer de garantías adecuadas de seguridad de los datos.
La solicitud de reconocimiento de una entidad será el primer paso del procedimiento establecido cuando se inicie un proyecto de investigación.