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Hasta ahora, los ciudadanos que solicitaban asistencia presencial únicamente podían hacerlo en las oficinas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Agencia Tributaria Valenciana, mientras que ahora podrán hacerlo a través de alguna de las 62 oficinas liquidadoras de distrito hipotecario vinculadas a registros de la propiedad que están repartidas en la Comunitat Valenciana, ha informado el Colegio de Registradores en un comunicado.

Como novedad, el contribuyente podrá solicitar cita previa a través de la AEAT y acudir a la oficina liquidadora más cercana a su lugar de residencia o a la que desee, dentro del horario establecido de atención al ciudadano: lunes, martes y miércoles de 09.00 a 14.30 horas, jueves de 09.00 a 14.30 horas y de 15.00 a 17.00 horas, y los viernes de 09.00 a 14.00 horas. La atención ciudadana en las oficinas liquidadoras se prestará desde el 3 de junio y hasta el próximo 1 de julio.

Para poder ofrecer este servicio en "las mejores condiciones", los empleados de las 62 oficinas liquidadoras han recibido un curso de formación específico durante el mes de mayo a cargo de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).

Esta asistencia a la cumplimentación del impuesto sobre la renta se suma a la información y asistencia que ya prestaban para cumplimentar los modelos 600, 650 y 651 de autoliquidación de impuestos de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, así como de sucesiones y donaciones.

La red de oficinas liquidadoras gestiona desde hace años para la Administración los impuestos de transmisiones patrimoniales, sucesiones y donaciones. Además, gestiona en municipios el impuesto de plusvalía y colabora con las administraciones locales en la recaudación de estos impuestos, con lo que contribuye de esta manera a la prevención del fraude fiscal y asegura los principios de igualdad y justicia tributaria.

El convenio firmado con la Agencia Tributaria Valenciana para la asistencia presencial al ciudadano en la declaración de la renta tiene una vigencia de un año, prorrogable por plazos anuales.

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