Cargando. Por favor, espere

Portada

Desarrolla las reglas sobre bonificaciones aplicables con ocasión de la celebración de la XXXVII edición de la Copa América, contenidas en la disposición final trigésima cuarta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (LA LEY 26705/2022). Serán aplicables a las personas jurídicas que cuenten con un domicilio en España y hayan sido constituidas con motivo del acontecimiento de la «XXXVII Copa América», tanto por la propia entidad organizadora como por los equipos participantes, y deban inscribirse en el sistema de la Seguridad Social como empresarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 84/1996, de 26 de enero (LA LEY 857/1996), así como a las personas jurídicas que realicen actividades complementarias y auxiliares de la citada entidad organizadora o de los equipos participantes.

Serán de aplicación en relación con los trabajadores por cuenta ajena que, después de la constitución de las personas jurídicas indicadas en el apartado anterior, hayan sido contratados por ellas mediante un contrato de trabajo indefinido, temporal o de duración determinada, a tiempo completo o a tiempo parcial, excluidos los contratos formativos, los contratos de relevo y los contratos a tiempo parcial a los que se refiere el artículo 65.3 del Reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre (LA LEY 311/1996), para la realización de labores directamente relacionadas con su participación en la «XXXVII Copa América», con su consiguiente alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.

Las bonificaciones serán aplicables en las liquidaciones de las cuotas devengadas a partir del día 1 de marzo de 2023, y finalizarán a la terminación de la realización de las labores directamente relacionadas con la organización y participación en el acontecimiento, sin que en ningún caso puedan superar las liquidaciones de cuotas devengadas hasta el día 31 de diciembre de 2025.

Pueden acceder al texto completo del Proyecto en ESTE ENLACE.

Scroll