El Consejo de Ministros ha aprobado este 16 de julio el anteproyecto de Ley de Función Pública, que tiene el objetivo de transformar la Administración, según ha anunciado la portavoz del Gobierno y ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, Pilar Alegría.
En el texto se abordan los procesos de acceso al empleo público, las carreras profesionales, el aprendizaje continuo y también la ética profesional. "Es un texto, además, profundamente debatido también con los representantes de los trabajadores", ha puesto en valor la portavoz del Ejecutivo en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Este anteproyecto desarrolla las disposiciones contempladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (LA LEY 16526/2015) (EBEP), en lo que a la Administración del Estado se refiere, y permite diseñar un marco jurídico que pueda, por un lado, desarrollar todo el potencial innovador del texto refundido de la Ley del EBEP (LA LEY 16526/2015) y, por otro, terminar con un marco jurídico "obsoleto y fragmentario", según explica el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Las principales novedades del anteproyecto de ley que hoy se aprueba descansan sobre cuatro ejes: estructura y acceso al empleo público estatal; carrera, promoción profesional, retribuciones y prestación de servicios; aprendizaje, formación continua y actualización permanente y, por último, ética profesional e integridad.
REGULA REQUISITOS DE ACCESO Y PÉRDIDA DE CONDICIÓN DE FUNCIONARIO
Respecto a la primera, delimita las funciones del personal tanto funcionario como laboral, autoriza al Gobierno a sistematizar cuerpos y escalas y regula los requisitos de acceso y pérdida de la condición de empleado público.
En segundo lugar, completa la regulación de la carrera horizontal y vertical, ordena las retribuciones y crea nuevos complementos y regula el régimen del teletrabajo.
En cuanto a la formación y el aprendizaje continuo, los itinerarios formativos y la gestión por marcos competenciales constituyen elementos fundamentales del régimen de empleo público. Y, por último, regula los derechos y deberes de los empleados públicos, así como su régimen disciplinario.
A partir de ahora se desarrollará la tramitación parlamentaria del proyecto de ley, así como los desarrollos reglamentarios y estatuto de la dirección pública profesional. Todo ello, junto a las conclusiones del documento marco Consenso por una Administración Abierta, propiciará el nuevo marco jurídico de la transformación del modelo de Recursos Humanos de la Administración General del Estado.