Contempla en las subvenciones de costes salariales la indemnización por extinción de contratos indefinidos vinculados a programas de políticas activas de empleo; e, incorpora dentro de los programas comunes de activación para el empleo nuevas actuaciones que se han manifestado como buenas prácticas para hacer frente al reto del desempleo juvenil, máxime cuando entre los programas comunes de activación para el empleo son escasas las actuaciones dirigidas específicamente a las personas jóvenes.
En concreto, dentro de las reformas e inversiones incluidas en el Componente 23 “Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo” del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia (LA LEY 9394/2021), se incluye la Inversión 1, «Empleo Joven», en la que se incardinan, por un lado, el “Programa primera experiencia profesional en las administraciones públicas”; y, por otro, el «Programa Investigo», que suponen un apoyo operativo al objetivo estratégico de mejorar la empleabilidad y la inserción laboral de las personas jóvenes que, como es sabido, son una generación azotada notablemente por la crisis financiera y sanitaria, lo que demanda su atención preferente, y proporciona una alternativa a nuestros jóvenes para su inserción en el mercado laboral, en sintonía con las estrategias europeas.
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