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La DF 11ª de la LO 2/2024, de 1 de agosto (LA LEY 17958/2024), de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, que entró en vigor el 22 de agosto, recoge 2 modificaciones de la LO 10/2022 de 6 de septiembre (LA LEY 19383/2022), de garantía integral de la libertad sexual.

En primer lugar, modifica el art. 37.1 LO 10/2022 (LA LEY 19383/2022) para completar una laguna de la ley sobre la forma de acreditar la existencia de violencias sexuales para acceder a la asistencia integral especializada que prevé la LO 10/2022 (LA LEY 19383/2022). Así, incluye un primer párrafo recogiendo que se acredita mediante:

-Sentencia condenatoria por un delito de violencia sexual en los términos del art. 3 LO 10/2022 (LA LEY 19383/2022).

-Una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que declare la existencia de violencia sexual o acuerde una medida cautelar a favor de la víctima.

-El informe del Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia sexual.

En segundo lugar, modifica el apartado cuatro de la DF 1ª LO 10/2022 (LA LEY 19383/2022) que, a su vez, reforma el art. 681.3 de la LECRIM (LA LEY 1/1882), para corregir un error, ya que se aludía al artículo 3 de “esta ley” en un artículo perteneciente a la LECRIM (LA LEY 1/1882), con lo que la remisión llevaría a esa misma norma, cuando debía referirse al art. 3 de la LO 10/2022 (LA LEY 19383/2022).

El texto queda como sigue:

‘‘3. Queda prohibida, en todo caso, la divulgación o publicación de información relativa a la identidad de víctimas menores de edad, de víctimas con discapacidad necesitadas de especial protección y de las víctimas de los delitos de violencia sexual referidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual (LA LEY 19383/2022), así como de datos que puedan facilitar su identificación de forma directa o indirecta, o de aquellas circunstancias personales que hubieran sido valoradas para resolver sobre sus necesidades de protección, así como la obtención, divulgación o publicación de imágenes suyas o de sus familiares.’’

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